TÉRMINOS Y CONDICIONES TENPO BUSINESS

Aquí encontrarás todos los términos y condiciones de tu cuenta Tenpo Business

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PERFIL EMPRENDEDOR

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO CONTRATO DE APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS TARJETAS DE PAGO NOMINATIVAS

Estos términos y condiciones de uso y sus anexos (en adelante conjuntamente, el "Contrato"), una vez aceptados por el Cliente mediante su firma electrónica, constituyen un contrato celebrado en forma no presencial o por medios tecnológicos, entre la persona que los acepta (en adelante el "Cliente" o el "Titular"), y TENPO PREPAGO S.A., una sociedad anónima especial no bancaria, autorizada para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos y registrada como tal en el Registro Único de Emisores de Tarjetas de Pago a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”), rol único tributario número 76.967.692-9 (el “Emisor”, y conjuntamente con el Cliente, las “Partes”) cuyos términos se contienen en el presente instrumento.

Previo a la aceptación de estos términos y condiciones de uso, el Cliente deberá registrarse y completar el formulario de registro (el “Formulario”) dispuesto al efecto por el Emisor en la Plataforma Tenpo (según este término se define más adelante), llenando todos sus campos con datos válidos y aquella información personal exacta, precisa y verdadera, que sea solicitada. El Cliente garantiza la veracidad, exactitud, integridad y autenticidad de los datos entregados.

El Cliente debe leer íntegramente y, en caso de estar conforme con sus términos, aceptará, mediante su firma electrónica, todas las condiciones establecidas en este Contrato, previo a la apertura de la cuenta de provisión de fondos y la emisión de la tarjeta de pago con provisión de fondos que se emite en su virtud. La no aceptación íntegra de estos términos por parte del Cliente significa que no consiente en los mismos y, en consecuencia, que no llegará a existir Contrato alguno entre el Cliente y el Emisor.

1. APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS.

El Emisor declara que es una sociedad anónima especial no bancaria, constituida al amparo de la ley 20.950 (la “Ley”) y autorizada por la CMF para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos, y que por tanto se encuentra autorizado a recibir dineros del público sólo con el objeto de destinarlo al uso que de acuerdo a la Ley puede dárseles.

Se deja constancia que la aceptación de las siguientes cláusulas por parte del Cliente no significa la renuncia a la titularidad de los derechos del Consumidor establecidos en la ley 19.946.

1.1. Plataforma Tenpo

El Emisor pone a disposición del Cliente una plataforma digital que permite hacer uso de una o más tarjetas de pago con provisión de fondos emitidas en forma virtual por el Emisor en virtud del presente Contrato, y que permite además al Cliente acceder a los demás servicios que haya habilitado o que de tiempo en tiempo pueda habilitar el Emisor, tales como consulta de saldo, estados de cuenta, centro de ayuda al cliente, y en general, el uso de las tarjetas como medio de pago conforme al presente Contrato (en adelante, la “Plataforma Tenpo”).

Para utilizar por primera vez la Plataforma Tenpo, el Cliente deberá descargar una aplicación móvil, acceder a un determinado sitio web y/o hacer uso de cualquier otro medio tecnológico habilitado por el Emisor y seguir las instrucciones que le permitirán configurar la Plataforma Tenpo. En los ingresos sucesivos el Cliente deberá acceder a dicha plataforma mediante los mecanismos de autentificación dispuestas por el Emisor, los que podrán consistir en una clave secreta creada por el Cliente, autentificación biométrica o cualquier otro mecanismo que el Emisor implemente en lo sucesivo en conformidad con las mejores prácticas internacionales y el desarrollo tecnológico.

Para proporcionar los servicios bajo la Plataforma Tenpo, el Emisor utiliza equipamiento, sistemas y programas computacionales de comunicación y procesamiento, como también medios y servicios de terceros, respecto de los cuales el Emisor adopta las medidas a su alcance para resguardar su adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio.

No serán de responsabilidad del Emisor las interrupciones, alteraciones o errores que provengan de caso fortuito o fuerza mayor.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier interrupción o suspensión programada de la Plataforma Tenpo será informada previamente por el Emisor al Cliente. Cualquier interrupción o suspensión no programada será informada por el Emisor al Cliente dentro de un plazo razonable desde que hubiere ocurrido.

El Emisor podrá ampliar las funcionalidades de la Plataforma Tenpo en la medida que ello implique para el Cliente un mejor aprovechamiento de los productos y servicios descritos en el presente Contrato, o tenga por objeto optimizar la calidad del servicio. Si fuere necesario, el Emisor podrá efectuar una actualización de la Plataforma Tenpo con tal objeto, informándole previamente acerca de las mejoras y modificaciones introducidas en la nueva versión, así como de las modificaciones que tales nuevas funcionalidades implicarán respecto a los términos y condiciones que se encuentren vigentes. La actualización que el Cliente efectúe de la Plataforma Tenpo constituye una aceptación de las modificaciones propuestas por el Emisor, e informadas previamente al Cliente conforme a lo señalado.

Existiendo una nueva actualización disponible por parte del Emisor referida a la ampliación de las funcionalidades que impliquen mejor aprovechamiento de los productos y servicios del presente contrato o que tenga por objeto la optimización de la calidad de servicio, la aceptación de dicha actualización será una condición para el uso de la Plataforma Tenpo por parte del Cliente.

1.2. Información personal del Cliente

El Cliente se obliga a registrar y mantener permanentemente actualizados, e informar lo antes posible de cualquier cambio en su información personal y de contacto proporcionados al Emisor a través del Formulario.

Para todos los efectos a que hubiere lugar en conformidad al presente Contrato, el Emisor podrá válidamente confiar en la información que el Cliente le proporcione y que mantenga registrada en sus sistemas en un determinado momento, de manera tal que no será responsable de los perjuicios que al Cliente o a cualquier tercero puedan ocasionarse producto del incumplimiento, por parte del Cliente, de su obligación de mantener permanentemente actualizados sus datos personales e información de contacto en conformidad a lo dispuesto precedentemente.

1.3. Cliente segmento Tenpo Business, Emprendedor

Conforme al presente Contrato sólo serán elegibles para realizar el proceso de registro y obtención de una Tarjeta y una CPF las personas que sean previamente titulares de una Tarjeta Nivel II para persona natural en Tenpo.

1.4. Normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

El Cliente se obliga a colaborar en todo momento con el Emisor a fin de que éste pueda dar cumplimiento cabal y oportuno a las obligaciones que se establecen en la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se encuentren vigentes. En particular, y sin que ello importe limitación de lo anterior, el Cliente se obliga a proporcionar al Emisor, a simple requerimiento de éste, todos los antecedentes relacionados con el origen de los fondos objeto de depósitos y/o transacciones de cualquier naturaleza que se realicen al amparo de este Contrato.

El Cliente acepta y autoriza al Emisor a abstenerse de efectuar una determinada operación y/o transacción en caso de que el Cliente no logre acreditar, a satisfacción del Emisor, el origen de los respectivos recursos, o que la respectiva CPF, la Tarjeta (según estos términos se definirán más adelante) o cualquier otro medio que el Emisor le proporcione, no serán utilizados para fines lícitos.

1.5. Cuenta de provisión de fondos

Por medio del presente Contrato, el Emisor abre una cuenta de provisión de fondos (en adelante, la “CPF”) en nombre del Cliente, quien pasa a ser su titular. La CPF tiene por único y exclusivo objeto la recepción de fondos destinados a provisionar una o más tarjetas de pago con provisión de fondos asociada a la CPF. El Emisor responderá en todo momento por los recursos captados cuyo saldo se registre en la CPF.

La CPF se regirá por las normas establecidas en la Ley, en el capítulo III.J.1.3 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y por las normas establecidas en Circular 1 para emisores no bancarios de tarjetas de pago dictada por la CMF.

El saldo disponible en la CPF sólo podrá ser destinado por el Emisor a efectuar los pagos que se ordenen mediante el uso de la tarjeta de pago con provisión de fondos asociada a la CPF en conformidad al presente Contrato, al cargo de las comisiones que procedan o al reembolso de los recursos recibidos del Cliente.

Los fondos que se abonen a la CPF no serán susceptibles de embargo, medida prejudicial o precautoria u otras limitaciones al dominio emanadas de obligaciones asumidas por el Emisor distintas de las señaladas en el párrafo precedente.

1.6. Intereses, reajuste y moneda de denominación

Los fondos depositados en la CPF no devengarán intereses ni se reajustarán en forma alguna. Los recursos que se mantengan en las CPF abiertas en el Emisor serán en moneda nacional.

1.7. Abonos.

En la medida en que se hayan habilitado por el Emisor, el Cliente podrá efectuar abonos a la CPF mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

(i) La entrega o depósito de dinero en efectivo;

(ii) la instrucción de transferencias electrónicas de fondos desde Cuentas Corrientes Bancarias, Cuentas de Ahorro a la Vista de que trata el Capítulo III.E.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, Cuentas a la Vista a que se refiere el Capítulo III.B.1.1 del mismo;

(iii) abonos con cargo a otras tarjetas con provisión de fondos a que se refiere el Capítulo III.J.1.3 del mismo compendio, abiertas por el mismo Emisor, o bien

(iv) Mediante una combinación de las modalidades anteriores, incluyendo, pero no limitado a la posibilidad de efectuar abonos por intermedio de procesadores o concentradores de medios de pago con quienes el Emisor mantenga convenio.

(v) Por abonos realizados por medio de tarjeta de crédito según lo establece el Capítulo III.J.1.

Los abonos señalados podrán efectuarse, según corresponda y en la medida que se encuentren habilitados por el Emisor, por caja, a través de cajeros automáticos, mediante sistemas de transferencias electrónicas de fondos habilitados o empleando, en su caso, las corresponsalías de que dispusiere el Emisor.

El Cliente deberá utilizar los procedimientos y mecanismos de autenticación y seguridad que el Emisor hubiere dispuesto para cada canal, así como aquellos implementos complementarios habilitados al efecto, tales como claves personales de acceso, tarjetas de coordenadas y mecanismos de autenticidad similares que de tiempo en tiempo puedan implementarse por el Emisor en conformidad con las mejores prácticas internacionales, todos los cuales serán previamente informados por el Emisor.

1.8. Restitución de los fondos

El Titular tendrá derecho a solicitar al Emisor en cualquier momento la restitución total o parcial de los fondos provisionados en la CPF, sin reajustes ni intereses, ya sea en dinero efectivo o que, para la disolución del Contrato, se abone el saldo disponible en una cuenta corriente bancaria nacional, en una cuenta a la vista o en otra CPF que el propio Titular mantenga registrada en el Emisor. La restitución se efectuará una vez deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

1.9. Régimen legal de caducidad de los depósitos

Los fondos mantenidos en las CPF estarán sujetos al sistema de caducidad de depósitos, captaciones y acreencias previsto en el artículo 156 de la Ley General de Bancos y en el capítulo 2- 13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF.

2. DURACIÓN

Este Contrato tendrá una duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá ponerle término anticipado dando aviso escrito a la otra con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término (en adelante, el “Plazo de Término”). Este aviso podrá ser enviado a través de correo electrónico o a través de los canales dispuestos para ello en la Plataforma Tenpo. Se entenderá especialmente que el Emisor ha manifestado su intención de terminar el presente Contrato por el hecho de (i) dar aviso al Cliente a través de un medio tecnológico idóneo, y (ii) publicar y proponer al Cliente nuevos términos y condiciones en la Plataforma Tenpo (en adelante, ambas acciones, la “Propuesta del Emisor”), a contar de la cual comenzará a regir el Plazo de Término.

Sin perjuicio de lo anterior, si estando vigente el Plazo de Término el Cliente acepta la Propuesta del Emisor, se entenderá para todos los efectos legales que, a contar del vencimiento del Plazo de Término, ha comenzado a regir entre las Partes un nuevo Contrato, regido por aquellos nuevos términos y condiciones contenidos en la Propuesta del Emisor y voluntariamente aceptados por el Cliente.

Si por el contrario, estando vigente el Plazo de Término el Cliente comunica expresamente al Emisor que no acepta la Propuesta del Emisor, o no manifiesta en forma alguna su voluntad, el Contrato que se encuentre vigente terminará el último día del Plazo de Término.

En todo caso, el Cliente podrá solicitar al Emisor la restitución de los fondos disponibles en su CPF conforme al presente Contrato. Los fondos que no hubieren sido rescatados por el Cliente a la fecha de terminación del Contrato constituirán acreencias sujetas a caducidad, y se regirán por lo dispuesto en la Cláusula 1.8 precedente.

3. TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS

3.1. Tarjeta de pago con provisión de fondos

El Emisor emitirá en forma nominativa y pondrá a disposición del Cliente una o más tarjetas de pago con provisión de fondos (en adelante, las “Tarjetas”), según los términos que se detallan más adelante, cuyo uso permitirá al Cliente disponer del dinero que se encuentre depositado en la CPF en conformidad con los términos previstos en el presente Contrato y la normativa vigente.

El uso de las Tarjetas se circunscribe a la adquisición de bienes, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliadas a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago. Estos establecimientos, servicios e instituciones informarán oportunamente su aceptación del medio de pago disponible que se describe en este Contrato.

La Tarjeta podrá emplearse para realizar transferencias electrónicas de fondos, y, el Emisor podrá habilitar adicionalmente, la realización de giros en cajeros automáticos y compras presenciales, o cualquier otra modalidad de uso de la Tarjeta, todo de conformidad a las reglas que se establecen en este Contrato. Las nuevas modalidades de uso serán informadas oportunamente al Cliente.

3.2. Uso de la Tarjeta como medio de pago

El Cliente podrá usar las Tarjetas como medio de pago en todas aquellas entidades afiliadas que acepten las Tarjetas como tal, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El Cliente podrá: (i) adquirir bienes, pagar servicios y efectuar compras en forma no presencial, en sitios web, aplicaciones móviles y otras plataformas de comercio electrónico que acepten las Tarjetas como medio de pago; y (ii) para la realización de pagos no presenciales en general, sin perjuicio de las demás prestaciones complementarias que el Emisor implemente y la CMF autorice. Lo anterior, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda local se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF en una cantidad igual al monto a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción respectiva, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato y la normativa vigente al tiempo de efectuarse la transacción, y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda extranjera (distinta a pesos chilenos) se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF, en una cantidad equivalente al monto que sea necesario para adquirir la totalidad de la respectiva moneda extranjera a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción correspondiente, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato, a la normativa local y extranjera que resulte aplicable a la transacción internacional y al contrato celebrado por el Cliente con dicha entidad extranjera y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Cliente confiere un mandato gratuito al Emisor, para que debite desde su CPF la suma que fuere necesaria para adquirir la respectiva moneda extranjera, conforme al tipo de cambio que, al tiempo de celebrarse dicha transacción, informe el Emisor en la Plataforma Tenpo, y efectúe el pago al comercio extranjero a quien el Cliente hubiere ejecutado la transacción en moneda extranjera. Se entenderá que el Cliente ha aceptado el referido tipo de cambio por el hecho de utilizar voluntariamente su Tarjeta en el comercio internacional para la adquisición de bienes o el pago de servicios en las entidades afiliadas al respectivo medio de pago. El Cliente autoriza al Emisor para que proceda a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos o indebidamente asentados en sus CPF.

El Emisor dará cuenta al Cliente de la ejecución de este mandato mediante el envío del respectivo Estado de Cuenta, incluyendo el detalle que se indica en la sección correspondiente de este Contrato.

El saldo o disponibilidad efectiva para realizar pagos de una Tarjeta corresponderá al monto neto de los abonos y cargos registrados en la CPF. Si el saldo disponible fuere inferior al monto de la respectiva transacción, ésta no podrá ser realizada y no será cargada a la CPF ni aun en forma parcial.

El Emisor no dará curso a una transacción cuando el saldo disponible en la CPF resulte insuficiente para su realización y deberá velar porque el saldo en la CPF nunca sea negativo.

3.3. Crédito o sobregiros asociados y reverso de transacciones

Este Contrato no comprende en forma alguna el otorgamiento de modalidades de crédito o sobregiros asociados a la Tarjeta o a la CPF, cualquiera sea su forma de emisión. El usuario autoriza e instruye expresamente al Emisor a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos, o transacciones anuladas, canceladas o indebidamente asentados en sus CPF.

3.4. Estados de Cuenta

El uso de la Tarjeta y de la CPF será informado mensualmente mediante el envío de estados de cuenta (los “Estados de Cuenta”), que serán emitidos el día 5 de cada mes o el día hábil posterior más próximo e informados al Cliente a la dirección de correo electrónico que mantenga registrada en el Emisor.

Los Estados de Cuenta contendrán, a lo menos, el detalle acerca de los giros o abonos realizados, el saldo vigente al inicio del período y el vigente a la fecha de su emisión, costos, cargos, comisiones o impuestos que se hayan pagado desde el día inmediatamente siguiente al periodo incluido en el último Estado de Cuenta.

3.5. Clases de Tarjetas

El Cliente podrá solicitar el otorgamiento de una o más Tarjeta Nivel II o Internacional, la que podrá ser emitida por el Emisor cuando el Cliente, haya completado el Formulario y aceptado el presente Contrato mediante firma electrónica simple, a través de la Plataforma Tenpo, y haya acreditado fehacientemente su identidad al Emisor, en forma remota, a través de aquellos procedimientos de autenticación seguros que el Emisor hubiere habilitado para tales fines en la Plataforma Tenpo, incluyendo métodos de autenticación con proveedores externos sobre la base de información privada del Cliente disponible conforme a la legislación vigente, autenticación biométrica, firma electrónica avanzada, secreto compartido u otros.

La Tarjeta, podrá ser utilizada como medio de pago fuera del territorio de la República de Chile, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 3.2 precedente.

Las comisiones aplicables para la Tarjeta se encuentran descritas en el Anexo I del presente Contrato, que se entiende forma parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

El saldo máximo permitido en la CPF para la Tarjeta Nivel II o Internacional, así como los montos máximos de abonos diarios, monto máximo de retiros y otros límites aplicables se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

El Emisor podrá sustituir la marca internacional con que emita la Tarjeta, previa aceptación expresa del Cliente.

La Tarjeta podrá ser virtual o física.

3.5.1. Tarjeta Física

El Cliente podrá solicitar la emisión de una Tarjeta Física, que le permitirá realizar compras presenciales tanto en establecimientos comerciales nacionales como internacionales que se encuentren afiliados a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago, así como en los cajeros automáticos afiliados.

El Cliente podrá solicitar su Tarjeta Física a través de la Plataforma Tenpo, para lo que deberá ingresar los datos que les sean solicitados para su correcta emisión y despacho.

El Cliente deberá pagar una Tarifa por la emisión y despacho de su Tarjeta Física cuyo monto se informará al momento en que éste realice la solicitud a través de la Plataforma Tenpo, el que una vez aceptado por el Cliente será descontado del saldo de su CPF.

La Tarjeta Física será despachada al domicilio indicado por El Cliente, previa validación, dentro del plazo que le será informado al momento de realizar la solicitud. Si el domicilio no puede ser validado, se le informará al Cliente quien podrá señalar uno distinto para su entrega. Si el Cliente no recibe su Tarjeta dentro del plazo indicado deberá informar de esta situación a Tenpo a través de los canales de comunicación habilitados al efecto.

El Emisor se reserva el derecho de no dar curso a una solicitud de emisión de Tarjeta Física si los datos ingresados por el Cliente no pueden ser validados, así como por razones de seguridad.

El Emisor no será responsable si la entrega de la Tarjeta Física no se ha verificado dentro de plazo informado por causas que no le sean imputables.

Una vez recibida la Tarjeta Física, el Cliente deberá activarla a través de la Plataforma Tenpo, sin dicha activación no podrá hacer uso de ella. Una vez realizada la activación de la Tarjeta Física, la Tarjeta Virtual del Cliente será dada de baja, y, por tanto, se mantendrá activa únicamente su Tarjeta Física. Será responsabilidad del Cliente actualizar las suscripciones de servicios que mantenga vigentes y cuyo pago se encuentre asociado a su Tarjeta Virtual.

Los límites aplicables al uso de la Tarjeta Física se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

4. CANALES ELECTRÓNICOS

El Cliente declara conocer que para operar a través de medios remotos los servicios que se prestan en virtud de este Contrato, incluyendo la Plataforma Tenpo, y las comunicaciones y transacciones vía Internet, deberá acceder y/o introducir, conforme a las instrucciones desplegadas en el mismo medio remoto, sus datos personales y datos de autenticación habilitados, tales como su código numérico personal o “pin”, contraseña, clave de acceso o coordenadas, así como cualquiera otra medida de seguridad e identificación que el Emisor pueda habilitar de tiempo en tiempo de acuerdo con las mejores prácticas internacionales. Las Partes reconocen que tales medidas de autenticación constituyen una firma electrónica, en conformidad con la normativa vigente y por ende, producen el mismo efecto que la firma manuscrita y constituyen el mecanismo de aceptación e identificación del Cliente por medios remotos para todos los efectos legales y contractuales a que hubiere lugar.

5. MEDIDAS DE SEGURIDAD

5.1 Deberes y responsabilidades

Es obligación del Cliente mantener sus Tarjetas en lugar seguro bajo su custodia personal y sus claves y medios de autenticación proporcionados por el Emisor en carácter de estrictamente confidenciales y no revelarlas a ninguna persona. El Cliente también se obliga a no generar copias físicas o digitales de sus Tarjetas virtuales ni de los datos contenidos en ellas. Las claves de acceso a los canales remotos habilitados por el Emisor, así como toda otra medida de seguridad o autenticación proporcionada al Cliente bajo el presente Contrato son secretas, personales e intransferibles, por lo que el Cliente se obliga a mantener la debida diligencia, sigilo y cuidado en su utilización, y deberá asumir la responsabilidad por los perjuicios que el mal uso o la utilización errónea de tales claves o medidas puedan ocasionar al mismo Cliente, al Emisor y/o a terceros, salvo cuando el Cliente hubiere informado personal y previamente al Emisor el hecho de su pérdida o sustracción.

Al solicitar la adquisición de bienes y/o requerir servicios de alguno de los establecimientos afiliados, el Cliente y/o sus Adicionales, a requerimiento del establecimiento, y como medida de seguridad, deberán identificarse y entregar su Tarjeta para su examen y confrontación de datos, debiendo cerciorarse el Cliente que ésta le sea devuelta luego de haber realizado el pago.

En caso de extravío, hurto, robo, mal uso, o cualquier otra circunstancia similar, que afecte a su Tarjeta o medios de autenticación, el Cliente se obliga a dar aviso inmediato al Emisor a través de los canales dispuestos al efecto en la Plataforma Tenpo. El Cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con su Tarjeta con posterioridad al aviso indicado.

5.2 Suspensión temporal

El Emisor podrá suspender o bloquear temporalmente los productos o servicios contratados en forma total o parcial, en caso de detectarse operaciones o intento de operaciones que pudieran revestir el carácter de fraudulentas, por uso indebido, caso fortuito u otras circunstancias graves que por su particularidad hagan presumir que pueda estar en riesgo los intereses del Cliente y/o el Emisor.

El Cliente también podrá bloquear temporalmente su Tarjeta, iniciando sesión en la Plataforma Tenpo, autenticándose y eligiendo la opción correspondiente. En tal caso, la Tarjeta quedará bloqueada temporalmente para compras y habilitada para consultas, retiros y cargas, hasta que el Cliente realice el desbloqueo de esta, siguiendo el mismo procedimiento.

6. COMISIONES, GASTOS E IMPUESTOS

6.1. Comisiones

El Cliente pagará al Emisor las comisiones que se describen en el Anexo I al presente Contrato, el cual se entiende formar parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

6.2. Gastos e Impuestos

Todo gasto o impuesto que grave o pueda devengar el otorgamiento del presente instrumento, así como de todas y cada una de las operaciones que se deriven exclusivamente de él, como asimismo los eventuales gastos y costas de cobranza, serán de cuenta y cargo del Cliente.

El Cliente instruye, mandata y autoriza expresamente al Emisor a debitar desde su CPF toda suma que fuere necesaria para cubrir el pago de comisiones, gastos e impuestos que fueren procedentes. Se deja constancia de que, a esta fecha, no existen impuestos ni gastos que sean de cargo del Cliente. Sin embargo, de existir o de ser establecidos por ley en el futuro, los gastos y/o impuestos que deriven del otorgamiento de este Contrato o de las operaciones que en él se describen serán informados oportunamente antes de la finalización de cada operación.

7. DISOLUCIÓN DEL CONTRATO

7.1. Terminación del Contrato por parte del Cliente

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Cliente podrá poner término al Contrato sin expresión de causa, informando su decisión de terminar el contrato mediante correo electrónico enviado desde la dirección que mantenga registrada en el Emisor, a la dirección que se informe por el Emisor en su sitio web, o a través de los canales habilitados para ello en la Plataforma Tenpo. A partir de la fecha en que se efectúe dicha comunicación, el Emisor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para proceder al cierre de la CPF y la restitución de los fondos al Cliente, deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

7.2. Terminación del Contrato por parte del Emisor

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Emisor podrá poner término de inmediato al Contrato por alguna de las siguientes causales:

a) Si el Cliente no diere cumplimiento íntegro y oportuno a todas y cada una de sus obligaciones para con el Emisor;

b) si se detecta por el Emisor una actuación fraudulenta o ilícita del Cliente relacionada con la ejecución del Contrato, o se hace mal uso o uso fraudulento de cualquier Tarjeta, producto, aplicación, plataforma, canal o medio tecnológico habilitado por el Emisor sin perjuicio de las demás acciones legales que sean pertinentes;

c) si el Cliente no declare oportuna y debidamente el origen de los fondos depositados en la CPF, hubiere incurrido en omisiones o falsedades en las informaciones proporcionadas al solicitar cualquier producto o servicio, si de cualquier otra forma no cumple con las solicitudes que, razonablemente, el Emisor le efectúe a fin de dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y en general, si se encuentra incorporado en cualquier lista o nómina de personas con las cuales el Emisor se encuentre impedido de operar;

d) si el Cliente solicita su liquidación voluntaria, o uno o más de sus acreedores solicitan su liquidación forzosa, y en general en todos aquellos casos en los que el Cliente se encuentre sometido a un Procedimiento Concursal, de aquellos regulados en la ley 20.720;

e) si el Cliente inicia y/o mantiene litigios en contra del Emisor, o si el Emisor inicia y/o mantiene un litigio en contra del Cliente;

f) si el Cliente hubiere sido formalizado o condenado por un crimen o simple delito;

g) si el Cliente revocare cualquier mandato que haya conferido al Emisor en virtud de este Contrato;

h) si el Cliente falleciere o fuere declarado interdicto;

i) si el Cliente no utiliza su Tarjeta durante un plazo superior a 1 año o no actualiza la Plataforma Tenpo en el mismo plazo una vez comunicada dicha actualización por parte del Emisor;

j) si el Cliente incurre en conductas, omisiones o actos verbales o físicos que sean constitutivos de agravio, ofensa, malos tratos, insultos, violencia o en cualquier otra forma produzcan una afectación a la integridad física o psíquica a cualquier persona que dependa o preste servicios al Emisor;

k) en los demás casos en que la ley u otra normativa aplicable así lo establezcan.

Si el Emisor decidiera poner término al Contrato por alguna de las causales antes individualizadas, deberá informar al Cliente de dicha decisión por escrito, mediante comunicación enviada al correo electrónico que el Cliente mantenga registrado.

Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá proceder a la suspensión inmediata de uno o más de los servicios o funcionalidades asociadas a la Tarjeta cuando concurra alguna de las causales descritas en la presente cláusula, con la finalidad de precaver un perjuicio al Emisor, al Cliente, sus herederos y sucesores, o a terceros, o evitar un uso ilícito o fraudulento de los productos.

8. DISPOSICIONES VARIAS

8.1 Comunicaciones

Las notificaciones y cualquiera otra comunicación que conforme al presente Contrato deban ser dirigidas entre las Partes, para todos los efectos legales, serán enviadas al correo electrónico registrado en el Emisor por el Cliente, informado por el Emisor en su sitio web, o a través de comunicación enviada a través de la Plataforma Tenpo, salvo en cuanto se indique lo contrario en el presente instrumento.

8.2 Datos Personales

El Emisor llevará a cabo el tratamiento de Datos Personales con sujeción a lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, o cualquiera que en el futuro la reemplace o sea aplicable.

El Cliente autoriza al Emisor a acceder, recolectar, almacenar, procesar y, en general, a hacer tratamiento, por sí o a través de terceros, de los datos personales que el Emisor requiere para la prestación de los servicios bajo el Contrato, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los siguientes: (los “Datos Personales”):

a) Antecedentes de individualización, tales como: nombre, RUT, edad, sexo, domicilio, correo electrónico, teléfono y actividad profesional;

b) número de CPF, número y tipo de Tarjeta, estados de cuenta, código del país, dirección postal y de facturación, historial y comportamiento de gastos, cuenta interna y aplicaciones instaladas;

c) datos personales a los que el Emisor tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitudes o contrataciones de productos y/o servicios que realice el Cliente; e

d) información relativa a los servicios contratados con el Emisor.

Los Datos Personales serán tratados con el propósito de permitir al Emisor: (i) cumplir con las obligaciones que le impone el Contrato, (ii) ofrecer productos y servicios distintos de aquellos objetos del Contrato; (iii) desarrollar, materializar e implementar acciones comerciales, tales como acuerdos comerciales o alianzas con terceros, relacionadas a los productos y servicios del Emisor; (iv) perfeccionar, materializar y/o implementar productos y servicios que el Emisor ponga a disposición del Cliente por cualquier medio; (v) agregar nuevos atributos o beneficios o implementar modalidades o características que mejoren la calidad y/u oportunidad de prestación de servicios y/o productos puestos a disposición del Cliente por parte del Emisor, o personas relacionadas al Emisor; e (vi) identificar potencial actividad fraudulenta o ilícita.

El Cliente autoriza al Emisor a comunicar, ya sea dentro de Chile o al extranjero, sus Datos Personales a sus proveedores, filiales, sociedades relacionadas de servicios y a los terceros con quienes suscriba acuerdos comerciales o alianzas relacionados a sus productos y servicios (los “Terceros”). Para su información, dentro de los Terceros se encuentran los Operadores de Tarjetas autorizados como tales conforme a la normativa local aplicable, y los Titulares de las Marcas de Tarjetas estampadas o referidas en las Tarjetas.

Los Datos Personales se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Lo anterior sin perjuicio del derecho del Cliente para requerir la cancelación y eliminación de sus Datos Personales en cualquier momento; solicitud que resultará en la terminación del o los servicio(s) prestado(s) a través de la Plataforma Tenpo, pues sin la autorización de tratamiento de Datos Personales, dichos servicios no pueden ser prestados correctamente.

El Cliente, en su condición de titular de sus Datos Personales, podrá en todo momento ejercer los derechos otorgados por la Ley N° 19.628 y sus modificaciones posteriores, los que tendrán el carácter de gratuitos.

Para ejercer sus derechos el Cliente podrá enviar una solicitud escrita dirigida a la casilla [email protected] o a través del teléfono 600 500 1900.

8.3 Anticorrupción

Es política del Emisor relacionarse con Clientes que cumplan con la normativa aplicable en temas de anticorrupción. Por tal razón, Tenpo Prepago S.A. exige que sus Clientes observen, además de las leyes, los más altos niveles éticos, durante la relación comercial. Por lo tanto: (a) El Cliente está obligado a no participar en actos de corrupción y/o soborno, en el ámbito público o privado de sus propios negocios o relaciones, que puedan involucrar o impactar tanto económica, legal o reputacionalmente al Emisor; (b) El cliente está obligado a no otorgar beneficios personales de cualquier índole a colaboradores ni directivos del Emisor, ni a los familiares o relacionados de estos, para generar un beneficio comercial a favor del Cliente; (c) El Cliente acepta que en caso se tengan indicios razonables de que ha incurrido en una conducta impropia o que haya incumplido estas cláusulas, se podrá poner término al Contrato.

8.4 Mandatos otorgados por el Cliente al Emisor

Los mandatos que se otorgan en este instrumento podrán ser revocados por el Cliente en cualquier momento, sin más formalidades que aquellas que haya debido cumplir para otorgar el acto jurídico que está revocando. En todo caso, la revocación sólo surtirá efecto a contar del período subsiguiente de pago o abono que corresponda en la obligación respectiva.

Además, los mandatos otorgados en este instrumento se entenderán revocados por haberse producido el término del presente Contrato, conforme a la sección 7 precedente.

Será suficiente rendición de cuentas de cualquiera de los mandatos que se confieren al Emisor la entrega al Cliente de los comprobantes, cartolas, estados de cuenta u otros documentos que se generen con ocasión o cumplimientos de los mandatos conferidos.

8.5 Información para fines tributarios

En cumplimiento a las normas y acuerdos contenidos y derivados de la Convención Sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, publicado en el Diario Oficial del día 07 de noviembre de 2016, el usuario autoriza Emisor para entregar al Servicio de Impuestos Internos, información relativa a su CPF y a la revisión e identificación de cuentas financieras en general, relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras.

8.6 Servicio de atención de reclamos

El Emisor cuenta con un servicio de atención al Cliente que atiende consultas y reclamos de los mismos. Al final del presente Contrato, en un Anexo, se contemplan los requisitos y procedimientos para acceder a dicho servicio.

8.7 Sello SERNAC

El presente Contrato no cuenta con Sello SERNAC.

8.8 Domicilio y legislación aplicable

Para todos los efectos legales que deriven del presente Contrato, el Cliente constituye domicilio especial en la comuna de Santiago y cualquier dificultad o controversia que se produzca será sometida al conocimiento y fallo de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá, en cualquier caso, ejercer las acciones que correspondan conforme a las disposiciones de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Este Contrato se rige por la ley chilena.

8.9 Modificaciones a los presentes términos y condiciones

Cada vez que Tenpo modifique los presentes términos y condiciones, el Cliente será notificado a través de un correo electrónico o un pedido de actualización a través de la Plataforma Tenpo. Una vez que el Cliente acepte los nuevos términos y condiciones, Tenpo le enviará un correo electrónico comunicando este evento. Si el Cliente no aceptase o no manifestase de forma alguna su voluntad sobre la aceptación de los nuevos términos y condiciones durante el Plazo de Término informado, este no podrá continuar haciendo uso de la plataforma Tenpo y su cuenta podrá ser cerrada en conformidad a lo señalado en el numeral 2.

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl

ANEXO 1

LÍMITES Y COMISIONES

Servicio Costos o Recargos Periodicidad
Compras internacionales denominadas en pesos chilenos 0% Por cada transacción
Compras internacionales denominadas en divisas distintas a pesos chilenos 0% Por cada transacción
Abonos de efectivo en comercios asociados $0 Por cada carga
Retiro de efectivo en comercios asociados $200 Por cada retiro
Emisión y despacho Tarjeta Física $6.000 Por cada solicitud
Despacho express $2.000 Por cada solicitud

ANEXO 2

INFORMATIVO AL CLIENTE
SERVICIO ATENCIÓN DE RECLAMOS

En caso de consultas, sugerencia y/o reclamos, los Clientes del Emisor cuentan con los siguientes canales de contacto:

  • Central telefónica al 600 500 1900. Disponible 24 horas, todos los días del año.

    Por medio de nuestra central telefónica, se le dará una solución en línea a su problema y/o reclamo o, en su defecto se generará un requerimiento interno, del cual se le entregará un número de solicitud.

  • Aplicación móvil, en la sección “ayuda” es posible generar consultas autoatendidas por el cliente de índole informativo. Adicionalmente, en la misma sección “ayuda” se podrá reportar problemas y/o reclamos. Para las solicitudes enviadas por este canal, el Cliente recibirá un e-mail de confirmación al momento de su ingreso y dentro del horario hábil, será contactado para entregarle una solución en línea, o en su defecto se escalará como un requerimiento interno.

A través de este servicio, el Cliente podrá formular reclamos, realizar consultas relacionadas con sus productos, denunciar transacciones y actividades no reconocidas, dar solución a emergencias, y/o solicitar el cierre de productos, entre otros.

Los procedimientos de reclamaciones que se formulen por estos medios no excluyen el ejercicio de los derechos de los Clientes, ni el ejercicio de sus acciones legales ante los organismos, instituciones y/o tribunales respectivos.

PERFIL BUSINESS

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO CONTRATO DE APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS TARJETAS DE PAGO NOMINATIVAS

Estos términos y condiciones de uso y sus anexos (en adelante conjuntamente, el "Contrato") aquí contenidos constituyen un contrato celebrado en forma no presencial o por medios tecnológicos, entre la persona jurídica que los acepta (en adelante el "Cliente" o el "Titular"), y TENPO PREPAGO S.A., sociedad anónima especial autorizada para emitir Tarjetas de pago con provisión de fondos y registrada como tal en el Registro Único de Emisores de Tarjetas de Pago a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”), rol único tributario número 76.967.692-9 (indistintamente, “Tenpo” o el “Emisor”, y conjuntamente con el Cliente, las “Partes”) cuyos términos, derechos, obligaciones y condiciones se contienen en el presente instrumento.

El Cliente debe leer íntegramente el presente Contrato y, en caso de estar conforme con sus términos, aceptar, mediante su firma electrónica, todas las condiciones establecidas en este instrumento, previo a la apertura de la cuenta de provisión de fondos (en adelante, la “CPF”) y la emisión de la Tarjeta de pago con provisión de fondos que se emite en su virtud, (en adelante, la “Tarjeta”). La no aceptación íntegra de estos términos por parte del Cliente significa que no consiente en los mismos y, en consecuencia, que no llegará a existir Contrato alguno entre el Cliente y Tenpo.

El Emisor declara que es una sociedad anónima especial no bancaria, constituida al amparo de la ley 20.950 (la “Ley”) y autorizada por la CMF para emitir Tarjetas de pago con provisión de fondos, y que por tanto se encuentra autorizado a recibir dineros del público sólo con el objeto de destinarlo al uso que de acuerdo a la Ley puede dárseles.

1. APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS.

1.1. Plataforma Tenpo

Tenpo pone a disposición del Cliente una plataforma digital que permite hacer uso de una o más Tarjetas de pago con provisión de fondos que ha emitido en forma virtual en virtud del presente Contrato, y que permite al Cliente acceder a los servicios que ha habilitado Tenpo, tales como consulta de saldo, estados de cuenta y centro de ayuda al cliente (en adelante, la “Plataforma Tenpo”).

Para utilizar por primera vez la Plataforma Tenpo, el Cliente deberá descargar una aplicación móvil, acceder a un determinado sitio web y/o hacer uso de cualquier otro medio tecnológico habilitado por Tenpo y seguir las instrucciones que le permitirán configurar la Plataforma Tenpo. En los ingresos sucesivos, el Cliente deberá acceder a dicha plataforma mediante los mecanismos de autentificación dispuestos por el Emisor, los que podrán consistir en una clave secreta creada por el Cliente, autenticación biométrica o cualquier otro mecanismo que Tenpo implemente en lo sucesivo, en conformidad con las mejores prácticas internacionales y el desarrollo tecnológico.

Para proporcionar los servicios bajo la Plataforma Tenpo, el Emisor utiliza equipamiento, sistemas y programas computacionales de comunicación y procesamiento, como también medios y servicios de terceros, respecto de los cuales el Emisor adopta las medidas a su alcance para resguardar su adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio.

No serán de responsabilidad del Emisor las interrupciones, alteraciones o errores que provengan de caso fortuito o fuerza mayor. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier interrupción o suspensión de la Plataforma Tenpo será informada previamente, en caso de ser programadas, o dentro de un plazo razonable desde que esta haya ocurrido, en caso de no serlo.

El Emisor podrá ampliar las funcionalidades de la Plataforma Tenpo en la medida que ello implique para el Cliente un mejor aprovechamiento de los productos y servicios descritos en el presente Contrato, o tenga por objeto optimizar la calidad del servicio. Si fuere necesario, el Emisor podrá efectuar una actualización de la Plataforma Tenpo con tal objeto, informando previamente acerca de las mejoras y modificaciones introducidas en la nueva versión, así como de las modificaciones que tales nuevas funcionalidades implicarán respecto a los términos y condiciones que se encuentren vigentes. La actualización que el Cliente efectúe de la Plataforma Tenpo constituye una aceptación de las modificaciones propuestas por el Emisor, e informadas previamente al Cliente conforme a lo señalado.

Existiendo una nueva actualización disponible por parte del Emisor referida a la ampliación de las funcionalidades que impliquen mejor aprovechamiento de los productos y servicios del presente contrato o que tenga por objeto la optimización de la calidad de servicio, la aceptación de dicha actualización será un requisito para el uso de la Plataforma Tenpo por parte del Cliente.

Adicionalmente, el sitio web Tenpo estará disponible para que el Cliente pueda conocer los servicios ofrecidos y los términos y condiciones, acceder a una sección de ayuda y preguntas frecuentes y a enlaces para la descarga de la Plataforma Tenpo.

1.2. Información del Cliente

Previo a la aceptación de estos términos y condiciones de uso, el Cliente deberá registrarse y completar el formulario de registro (el “Formulario”) dispuesto al efecto en la Plataforma Tenpo, llenando todos sus campos con datos válidos y aquella información personal exacta, precisa y verdadera, que sea solicitada. El Cliente garantiza la veracidad, exactitud, integridad y autenticidad de los datos entregados.

El Cliente se obliga a mantener permanentemente actualizados los datos del registro e informar lo antes posible, cualquier cambio en su información y datos de contacto. Dentro de la Plataforma Tenpo, el Cliente podrá revisar y actualizar los datos registrados.

Para todos los efectos a que hubiere lugar en conformidad al presente Contrato, el Emisor podrá válidamente confiar en la información que el Cliente le proporcione y que mantenga registrada en sus sistemas en un determinado momento, de manera tal que no será responsable de los perjuicios que al Cliente o a cualquier tercero puedan ocasionarse producto del incumplimiento, por parte del Cliente, de su obligación de mantener permanentemente actualizados sus datos e información de contacto, así como los de su representante legal, en conformidad a lo dispuesto precedentemente.

1.3. Cliente Persona Jurídica

Conforme al presente Contrato sólo serán elegibles para realizar el proceso de registro y obtención de una Tarjeta y una CPF las personas jurídicas que cumplan, entre otros, con los siguientes requisitos:

I) Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada o de Sociedades por Acciones compuestas por un único socio o accionista.
II) Constituida legalmente bajo el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo (“Tu Empresa en Un Día”);
III) Contar con RUT empresa e inicio de actividades vigente ante el SII; y
IV) Que el empresario individual o accionista, representante legal de la persona jurídica que realiza el registro, sea titular previamente de una Tarjeta Nivel II para persona natural en Tenpo.

1.4. Proceso de validación

En forma previa a la apertura de la Tarjeta y la CPF, así como durante la relación comercial, el Emisor validará los datos de registro y demás antecedentes proporcionados por el Cliente, los datos de sus socios o accionistas, representantes legales y beneficiarios finales, según corresponda, cotejando dicha información a través de antecedentes provistos por bases de datos de terceros públicas y privadas. Respecto del tratamiento de datos personales, se estará a lo dispuesto en el numeral 8.2.

Tenpo podrá solicitar en cualquier momento información y documentación adicional que permitan respaldar y verificar la información entregada por el Cliente. Asimismo, el Emisor podrá denegar, suspender, cancelar o bloquear en cualquier momento, el registro de un Cliente en caso de que considere que el Cliente no cumple con los requisitos mínimos para realizar el registro, detecte inconsistencias o existan indicios de actividades sospechosas o contrarias a las leyes de Chile y/o al presente Contrato.

1.5. Mandatos del Cliente a terceros.

Conforme a lo señalado en el numeral 1.3 del presente Contrato, inicialmente sólo estará autorizado para actuar en la CPF del Cliente y realizar transacciones con la Tarjeta, aquel que sea registrado como su único socio o accionista, el que por tanto será el único apoderado habilitado para utilizar y operar los productos contratados en virtud del presente instrumento. Lo anterior, es sin perjuicio de que una vez que la Plataforma Tenpo permita registrar más de un apoderado, lo que será informado oportunamente, estos puedan ser habilitados previo estudio de los respectivos mandatos o poderes otorgados por el Cliente y la verificación de que estos cuenten con facultades suficientes para operar los productos.

El Cliente se obliga a informar al Emisor cualquier otorgamiento, modificación o revocación de poderes o mandatos a terceros para operar en su representación respecto de la CPF y la Tarjeta reconociendo expresamente que los mismos no serán oponibles a Tenpo mientras éste no los reciba directamente de parte del Cliente, y confirme a éste que los ha analizado y aprobado por encontrarse conformes con la ley y a las políticas de Tenpo. El Cliente conoce que el estudio de estos antecedentes lo podrían efectuar profesionales externos al Emisor. Por lo tanto, el Emisor no será responsable de los eventuales perjuicios, sean directos o indirectos, previsibles o imprevisibles, que pudiera ocasionar al Cliente el hecho de no haber ejecutado instrucciones realizadas por este, pero por personas que no sean apoderados o que, siendo apoderados, no cuenten con facultades suficientes para representarlo en la operación que se esté instruyendo.

1.6. Normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.

El Cliente se obliga a colaborar en todo momento con Tenpo, a fin de que éste pueda dar cumplimiento cabal y oportuno a las obligaciones que se establecen en la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se encuentren vigentes. En particular, y sin que ello importe limitación de lo anterior, el Cliente se obliga a proporcionar a Tenpo, a simple requerimiento de éste, todos los antecedentes relacionados con el origen de los fondos objeto de depósitos y/o transacciones de cualquier naturaleza que se realicen al amparo de este Contrato.

El Cliente acepta y autoriza a Tenpo a abstenerse de efectuar una determinada operación y/o transacción en caso de que el Cliente no logre acreditar el origen de los respectivos recursos, o garantice que la respectiva CPF, la Tarjeta o cualquier otro medio que el Emisor le proporcione, no serán utilizados para fines ilícitos o contrario a lo establecido en el presente Contrato, todo lo cual será determinado por Tenpo.

El Cliente (incluidos sus propios clientes, depositarios, beneficiarios, mandatarios u otros), se obliga a no exponer a Tenpo al riesgo de ser sancionado, o a estar sujeto a cualquier prohibición o acción con respecto a cualquier país sancionado, ya sea frente a las Naciones Unidas u otras sanciones internacionales reconocidas por nuestro ordenamiento jurídico o por las políticas de Tenpo, y por este motivo, reconoce que todo pago hacia / desde países o personas sancionadas están prohibidos.

1.7. Cuenta de provisión de fondos (CPF).

Por medio del presente Contrato, Tenpo abrirá una CPF en nombre del Cliente, quien pasa a ser su titular. La CPF tiene por único y exclusivo objeto la recepción de fondos destinados a provisionar una o más Tarjetas de pago con provisión de fondos asociada a la misma. El Emisor responderá en todo momento por los recursos captados cuyo saldo se registre en la CPF.

La CPF se regirá por las normas establecidas en la Ley, en el capítulo III.J.1.3 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y por las normas establecidas en Circular N°1 para emisores no bancarios de Tarjetas de pago dictada por la CMF.

Cada Cliente contará con un saldo personal (en adelante, “Saldo Prepago”) que será una suma de dinero en pesos chilenos almacenada en la CPF que el Cliente podrá recargar. Toda CPF contará con sólo un Saldo Prepago.

El saldo disponible en la CPF sólo podrá ser destinado por el Emisor a efectuar los pagos que se ordenen mediante el uso de la Tarjeta de pago con provisión de fondos asociada a la CPF en conformidad al presente Contrato, al cargo de las comisiones que procedan o al reembolso de los recursos recibidos del Cliente.

Los fondos que se abonen a la CPF no serán susceptibles de embargo, medida prejudicial o precautoria u otras limitaciones al dominio emanadas de obligaciones asumidas por el Emisor distintas de las señaladas en el párrafo precedente.

1.8. Intereses, reajuste y moneda de denominación.

Los fondos depositados en la CPF no devengarán intereses ni se reajustarán en forma alguna. Los recursos que se mantengan en las CPF abiertas en el Emisor serán en moneda nacional.

1.9. Abonos.

En la medida en que se hayan habilitado por el Emisor, el Cliente podrá efectuar abonos a la CPF mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

I) La entrega o depósito de dinero en efectivo;
II) La instrucción de transferencias electrónicas de fondos (TEF) desde Cuentas Corrientes Bancarias, Cuentas de Ahorro a la Vista de que trata el Capítulo III.E.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, Cuentas a la Vista a que se refiere el Capítulo III.B.1.1 del mismo;
III) Abonos con cargo a otras Tarjetas con provisión de fondos a que se refiere el Capítulo III.J.1.3 del mismo Compendio, abiertas por el mismo Emisor;
IV) Mediante una combinación de las modalidades anteriores, incluyendo, pero no limitado a la posibilidad de efectuar abonos por intermedio de procesadores o concentradores de medios de pago con quienes el Emisor mantenga convenio; y,
V) Por abonos realizados por medio de Tarjeta de crédito según lo establece el Capítulo III.J.1 del Compendio.

Los abonos señalados podrán efectuarse, según corresponda y en la medida que se encuentren habilitados por el Emisor, por caja, a través de cajeros automáticos, mediante sistemas de transferencias electrónicas de fondos habilitados o empleando, en su caso, las corresponsalías de que dispusiere el Emisor.

El Cliente deberá utilizar los procedimientos y mecanismos de autenticación y seguridad que el Emisor disponga para cada canal, así como aquellos implementos complementarios habilitados al efecto, tales como claves personales de acceso, Tarjetas de coordenadas y mecanismos de autenticidad similares que de tiempo en tiempo puedan implementarse por el Emisor en conformidad con las mejores prácticas internacionales, todos los cuales serán previamente informados por el Emisor.

1.10. Restitución de los fondos.

El Cliente tendrá derecho a solicitar a Tenpo en cualquier momento, la restitución total o parcial de los fondos provisionados en la CPF, sin reajustes ni intereses, ya sea en dinero efectivo o que, para la disolución del Contrato, se abone el saldo disponible en una cuenta corriente bancaria nacional, en una cuenta a la vista o en otra CPF que el propio Titular mantenga registrada en el Emisor. La restitución se efectuará una vez deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

1.11. Régimen legal de caducidad de los depósitos.

Los fondos mantenidos en las CPF estarán sujetos al sistema de caducidad de depósitos, captaciones y acreencias, según el artículo 156 de la Ley General de Bancos y en el capítulo 2-13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF.

2. DURACIÓN

Este Contrato tendrá una duración indefinida, pero cualquiera de las Partes podrá ponerle término anticipado dando aviso escrito a la otra con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término (en adelante, el “Plazo de Término”). Este aviso podrá ser enviado a través de correo electrónico o a través de los canales dispuestos para ello en la Plataforma Tenpo. Se entenderá especialmente que el Emisor ha manifestado su intención de terminar el presente Contrato por el hecho de (i) dar aviso al Cliente a través de un medio tecnológico idóneo, y (ii) publicar y proponer al Cliente nuevos términos y condiciones en la Plataforma Tenpo (en adelante, ambas acciones, la “Propuesta del Emisor”), a contar del cual comenzará a regir el Plazo de Término.

Sin perjuicio de lo anterior, si estando vigente el Plazo de Término el Cliente acepta la Propuesta del Emisor, se entenderá para todos los efectos legales que, a contar del vencimiento del Plazo de Término, ha comenzado a regir entre las Partes un nuevo Contrato, regido por aquellos nuevos términos y condiciones contenidos en la Propuesta del Emisor y voluntariamente aceptados por el Cliente.

Si por el contrario, estando vigente el Plazo de Término el Cliente comunica expresamente al Emisor que no acepta la Propuesta del Emisor, o no manifiesta en forma alguna su voluntad, el Contrato que se encuentre vigente terminará el último día del Plazo de Término.

En todo caso, el Cliente podrá solicitar al Emisor la restitución de los fondos disponibles en su CPF conforme al presente Contrato. Los fondos que no hubieren sido rescatados por el Cliente a la fecha de terminación del Contrato constituirán acreencias sujetas a caducidad, y se regirán por lo dispuesto en la Cláusula 1.10 precedente.

3. TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS

3.1. Tarjeta de pago con provisión de fondos

Tenpo emitirá en forma nominativa y pondrá a disposición del Cliente una o más Tarjetas de pago con provisión de fondos, según los términos que se detallan en este instrumento, cuyo uso permitirá al Cliente disponer del dinero que se encuentre depositado en la CPF de su titularidad en conformidad con los términos previstos en el presente Contrato y la normativa vigente.

El uso de las Tarjetas se circunscribe a la adquisición de bienes o activos de toda clase, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliadas a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago. Estos establecimientos, servicios e instituciones informarán oportunamente su aceptación del medio de pago disponible que se describe en este Contrato.

La Tarjeta podrá emplearse para realizar transferencias electrónicas de fondos, y Tenpo podrá habilitar adicionalmente la realización de giros en cajeros automáticos y compras presenciales, o cualquier otra modalidad de uso de la Tarjeta, todo de conformidad a las reglas que se establecen en este Contrato. Las nuevas modalidades de uso serán informadas oportunamente al Cliente.

3.2. Uso de la Tarjeta como medio de pago

El Cliente podrá usar la Tarjeta como medio de pago en todas aquellas entidades afiliadas que acepten la Tarjeta como tal, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El Cliente podrá: (i) adquirir toda clase de bienes o activos, pagar servicios y efectuar compras en forma no presencial, en sitios web, aplicaciones móviles y otras plataformas de comercio electrónico que acepten las Tarjetas como medio de pago; y (ii) para la realización de pagos no presenciales en general, y las demás prestaciones complementarias que Tenpo implemente y la CMF autorice. Lo anterior, es sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda local se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF en una cantidad igual al monto a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción respectiva, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato y la normativa vigente al tiempo de efectuarse la transacción, y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda extranjera (distinta a pesos chilenos) se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF, en una cantidad equivalente al monto que sea necesario para adquirir la totalidad de la respectiva moneda extranjera a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción correspondiente, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato, a la normativa local y extranjera que resulte aplicable a la transacción internacional y al contrato celebrado por el Cliente con dicha entidad extranjera y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Cliente confiere un mandato gratuito al Emisor, para que debite desde su CPF la suma que fuere necesaria para adquirir la respectiva moneda extranjera, conforme al tipo de cambio que, al tiempo de celebrarse dicha transacción, informe el Emisor en la Plataforma Tenpo, y efectúe el pago al comercio extranjero a quien el Cliente hubiere ejecutado la transacción en moneda extranjera. Se entenderá que el Cliente ha aceptado el referido tipo de cambio por el hecho de utilizar voluntariamente su Tarjeta en el comercio internacional para la adquisición de bienes o el pago de servicios en las entidades afiliadas al respectivo medio de pago. El Cliente autoriza al Emisor para que proceda a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos o indebidamente asentados en sus CPF.

El Emisor dará cuenta al Cliente de la ejecución de este mandato mediante el envío del respectivo Estado de Cuenta, incluyendo el detalle que se indica en la sección correspondiente de este Contrato.

El saldo o disponibilidad efectiva para realizar pagos de una Tarjeta corresponderá al monto neto de los abonos y cargos registrados en la CPF. Si el saldo disponible fuere inferior al monto de la respectiva transacción, ésta no podrá ser realizada y no será cargada a la CPF ni aun en forma parcial.

El Emisor no dará curso a una transacción cuando el saldo disponible en la CPF resulte insuficiente para su realización y deberá velar porque el saldo en la CPF nunca sea negativo.

3.3. Crédito o sobregiros asociados y reverso de transacciones

Este Contrato no comprende en forma alguna el otorgamiento de modalidades de crédito o sobregiros asociados a la Tarjeta o a la CPF, cualquiera sea su forma de emisión. El usuario autoriza e instruye expresamente al Emisor a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos, o transacciones anuladas, canceladas o indebidamente asentados en sus CPF.

3.4. Estados de Cuenta

El uso de la Tarjeta y de la CPF será informado mensualmente mediante el envío de estados de cuenta (los “Estados de Cuenta”), que serán emitidos el día 5 de cada mes o el día hábil posterior más próximo e informados al Cliente a la dirección de correo electrónico que mantenga registrada en el Emisor.

Los Estados de Cuenta contendrán, a lo menos, el detalle acerca de los giros o abonos realizados, el saldo vigente al inicio del período y el vigente a la fecha de su emisión, costos, cargos, comisiones o impuestos que se hayan pagado desde el día inmediatamente siguiente al periodo incluido en el último Estado de Cuenta.

3.5. Tipo de Tarjeta

El Cliente podrá solicitar el otorgamiento de una o más Tarjeta Nivel II o Internacional, la que podrá ser emitida por el Emisor cuando el Cliente, haya: i) completado el Formulario y proporcionado los antecedentes indicados en el numeral 1.3; ii) realizado exitosamente el proceso de validación señalado en el numeral 1.4; y iii) aceptado el presente Contrato mediante firma electrónica simple, a través de la Plataforma Tenpo.

La Tarjeta, podrá ser utilizada como medio de pago fuera del territorio de la República de Chile, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 3.2 precedente.

Las comisiones aplicables para la Tarjeta se encuentran descritas en el Anexo I del presente Contrato, que se entiende forma parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

El saldo máximo permitido en la CPF para la Tarjeta Nivel II o Internacional, así como los montos máximos de abonos diarios, monto máximo de retiros y otros límites aplicables se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl.

El Emisor podrá sustituir la marca internacional con que emita la Tarjeta, previa aceptación expresa del Cliente.

4. CANALES ELECTRÓNICOS

El Cliente declara conocer que, para operar por intermedio de sus representantes, a través de medios remotos los servicios que se prestan en virtud de este Contrato, incluyendo la Plataforma Tenpo, y las comunicaciones y transacciones vía Internet, deberá acceder y/o introducir, conforme a las instrucciones desplegadas en el mismo medio remoto, su información y datos de autenticación habilitados, tales como su código numérico personal o “pin”, contraseña, clave de acceso o coordenadas, así como cualquiera otra medida de seguridad e identificación que el Emisor pueda habilitar de tiempo en tiempo de acuerdo con las mejores prácticas internacionales. Las Partes reconocen que tales medidas de autenticación constituyen una firma electrónica, en conformidad con la normativa vigente y, por ende, producen el mismo efecto que la firma manuscrita, constituyendo el mecanismo de aceptación e identificación del Cliente por medios remotos para todos los efectos legales y contractuales a que hubiere lugar.

El Emisor para registrar las instrucciones otorgadas a través de sus canales electrónicos, podrá requerir a cada uno de los representantes del Cliente o apoderados habilitados que suscriban o acepten, por separado, para que existan las autorizaciones de todos los mandatarios necesarios para ejecutar una determinada operación.

5. MEDIDAS DE SEGURIDAD

5.1 Deberes y responsabilidades

Es obligación del Cliente mantener sus Tarjetas en lugar seguro bajo su custodia personal y sus claves y medios de autenticación proporcionados por el Emisor en carácter de estrictamente confidenciales y no revelarlas a ninguna persona. El Cliente también se obliga a no generar copias físicas o digitales de sus Tarjetas virtuales ni de los datos contenidos en ellas. Las claves de acceso a los canales remotos habilitados por el Emisor, así como toda otra medida de seguridad o autenticación proporcionada al Cliente bajo el presente Contrato, son secretas, personales e intransferibles, por lo que el Cliente se obliga a mantener la debida diligencia, sigilo y cuidado en su utilización, y deberá asumir la responsabilidad por los perjuicios que el mal uso o la utilización errónea de tales claves o medidas puedan ocasionar al mismo Cliente, al Emisor y/o a terceros, salvo cuando el Cliente hubiere informado personal y previamente al Emisor el hecho de su pérdida o sustracción.

Al solicitar la adquisición de bienes y/o requerir servicios de alguno de los establecimientos afiliados, el Cliente y/o sus Adicionales, a requerimiento del establecimiento, y como medida de seguridad, deberán identificarse y entregar su Tarjeta para su examen y confrontación de datos, debiendo cerciorarse el Cliente que ésta le sea devuelta luego de haber realizado el pago.

En caso de extravío, hurto, robo, mal uso, o cualquier otra circunstancia similar, que afecte a su Tarjeta o medios de autenticación, el Cliente se obliga a dar aviso inmediato al Emisor a través de los canales dispuestos al efecto en la Plataforma Tenpo. El Cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con su Tarjeta con posterioridad al aviso indicado.

5.2 Suspensión temporal

El Emisor podrá suspender o bloquear temporalmente los productos o servicios contratados en forma total o parcial, en caso de detectarse operaciones o intento de operaciones que pudieran revestir el carácter de fraudulentas, por uso indebido, caso fortuito u otras circunstancias graves que por su particularidad hagan presumir que pueda estar en riesgo los intereses del Cliente y/o el Emisor.

El Cliente también podrá bloquear temporalmente su Tarjeta, iniciando sesión en la Plataforma Tenpo, autenticándose y eligiendo la opción correspondiente. En tal caso, la Tarjeta quedará bloqueada temporalmente para compras y habilitada para consultas, retiros y cargas, hasta que el Cliente realice el desbloqueo de esta, siguiendo el mismo procedimiento.

6. COMISIONES, GASTOS E IMPUESTOS

El Cliente pagará al Emisor las comisiones que se describen en el Anexo I del presente Contrato, el cual se entiende formar parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

Todo gasto o impuesto que grave o pueda devengar el otorgamiento del presente instrumento, así como de todas y cada una de las operaciones que se deriven exclusivamente de él, como asimismo los eventuales gastos y costas de cobranza, serán de cuenta y cargo del Cliente.

El Cliente instruye, mandata y autoriza expresamente al Emisor a debitar desde su CPF toda suma que fuere necesaria para cubrir el pago de comisiones, gastos e impuestos que fueren procedentes. Se deja constancia de que, a esta fecha, no existen impuestos ni gastos que sean de cargo del Cliente. Sin embargo, de existir o de ser establecidos por ley en el futuro, los gastos y/o impuestos que deriven del otorgamiento de este Contrato o de las operaciones que en él se describen serán informados oportunamente antes de la finalización de cada operación.

7. DISOLUCIÓN DEL CONTRATO

7.1. Terminación del Contrato por parte del Cliente

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Cliente podrá poner término al Contrato sin expresión de causa, informando su decisión de terminar el Contrato mediante correo electrónico enviado desde la dirección que mantenga registrada en el Emisor, a la dirección que se informe por el Emisor en su sitio web, o a través de los canales habilitados para ello en la Plataforma Tenpo. A partir de la fecha en que se efectúe dicha comunicación, el Emisor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles desde el envío de la comunicación para proceder al cierre de sus productos y la restitución de los fondos al Cliente, si los hubiere, deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

7.2. Terminación del Contrato por parte del Emisor

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2, el Emisor podrá poner término de inmediato al Contrato por alguna de las siguientes causales:

a) Si el Cliente o cualquiera de sus socios incurriere en omisiones o falsedades en la información entregada al Emisor para celebrar este Contrato, o en cualquier información relacionada con su otorgamiento;
b) Si el Cliente no diere cumplimiento íntegro y oportuno a todas y cada una de sus obligaciones para con el Emisor;
c) Si se detecta por el Emisor una actuación fraudulenta o ilícita del Cliente o sus socios relacionada con la ejecución del Contrato, o se hace mal uso o uso fraudulento de cualquier Tarjeta, producto, aplicación, plataforma, canal o medio tecnológico habilitado por el Emisor sin perjuicio de las demás acciones legales que sean pertinentes;
d) Si el Cliente no declare oportuna y debidamente el origen de los fondos depositados en la CPF, hubiere incurrido en omisiones o falsedades en las informaciones proporcionadas al solicitar cualquier producto o servicio, si de cualquier otra forma no cumple con las solicitudes que, razonablemente, el Emisor le efectúe a fin de dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y en general, si se encuentra incorporado en cualquier lista o nómina de personas con las cuales el Emisor se encuentre impedido de operar;
e) Si el Cliente solicita su liquidación voluntaria, o uno o más de sus acreedores solicitan su liquidación forzosa, y en general en todos aquellos casos en los que el Cliente se encuentre sometido a un Procedimiento Concursal, de aquellos regulados en la ley 20.720;
f) Si el Cliente o cualquiera de sus socios inicia y/o mantiene litigios en contra del Emisor, o si el Emisor inicia y/o mantiene un litigio en contra del Cliente;
g) Si el Cliente o cualquiera de sus socios hubiere sido condenado por un crimen o simple delito;
h) Si el Cliente revocare cualquier mandato que haya conferido al Emisor en virtud de este Contrato;
i) Si el único socio o accionista del Cliente falleciere o fuere declarado interdicto;
j) Si el Cliente no utiliza su Tarjeta durante un plazo superior a 1 año o no actualiza la Plataforma Tenpo en el mismo plazo una vez comunicada dicha actualización por parte del Emisor;
k) Si el Cliente o sus socios incurren en conductas, omisiones o actos verbales o físicos que sean constitutivos de agravio, ofensa, malos tratos, insultos, violencia o en cualquier otra forma produzcan una afectación a la integridad física o psíquica a cualquier persona que dependa o preste servicios de Tenpo;
l) Si el Cliente por transformaciones u otras modificaciones sociales no fuera eligible para realizar el proceso de registro, obtención de los productos y uso del servicio de acuerdo con lo señalado en los numerales 1.3 o 1.5.
m) En los demás casos en que la ley u otra normativa aplicable así lo establezcan.

Si el Emisor decidiera poner término al Contrato por alguna de las causales antes individualizadas, deberá informar al Cliente de dicha decisión por escrito, mediante comunicación enviada al correo electrónico que el Cliente mantenga registrado.

Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá proceder a la suspensión inmediata de uno o más de los servicios o funcionalidades asociadas a la CPF y Tarjeta cuando concurra alguna de las causales descritas en la presente cláusula, con la finalidad de precaver un perjuicio al Emisor, al Cliente, sus herederos y sucesores, o a terceros, o evitar un uso ilícito o fraudulento de los productos.

8. DISPOSICIONES VARIAS

8.1 Comunicaciones

Las notificaciones y cualquiera otra comunicación que conforme al presente Contrato deban ser dirigidas entre las Partes, para todos los efectos legales, serán enviadas al correo electrónico registrado en el Emisor por el Cliente, informado por el Emisor en su sitio web, o a través de comunicación enviada a través de la Plataforma Tenpo, salvo en cuanto se indique lo contrario en el presente instrumento.

8.2 Datos Personales

El Emisor llevará a cabo el tratamiento de Datos Personales con sujeción a lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, o cualquiera que en el futuro la reemplace o sea aplicable.

El Cliente autoriza al Emisor a acceder, recolectar, almacenar, procesar y, en general, a hacer tratamiento, por sí o a través de terceros, de los datos personales que el Emisor requiere para la prestación de los servicios bajo el Contrato, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los siguientes (los “Datos Personales”):

a) Antecedentes indispensables de individualización del Cliente, sus socios o accionistas y su representante legal: razón social, giro comercial, domicilio, correo electrónico y teléfono.
b) Número de CPF, número y tipo de Tarjeta, estados de cuenta¸ código del país, dirección postal y de facturación, historial y comportamiento de gastos, cuenta interna y aplicaciones instaladas;
c) Datos personales del Cliente, sus socios o accionistas y su representante legal a los que Tenpo tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitudes o contrataciones de productos y/o servicios que realice el Cliente; y,
d) Información relativa a los servicios contratados con Tenpo.

Los Datos Personales serán tratados con el propósito de permitir a Tenpo: (i) cumplir con las obligaciones que le impone el Contrato, (ii) ofrecer productos y servicios similares, relacionados o complementarios a aquellos objeto del Contrato; (iii) desarrollar, materializar e implementar acciones comerciales, tales como acuerdos comerciales o alianzas con terceros, relacionadas a los productos y servicios del Emisor; (iv) perfeccionar, materializar y/o implementar productos y servicios que el Emisor ponga a disposición del Cliente por cualquier medio; (v) agregar nuevos atributos o beneficios o implementar modalidades o características que mejoren la calidad y/u oportunidad de prestación de servicios y/o productos puestos a disposición del Cliente por parte del Emisor, o personas relacionadas al Emisor; e (vi) identificar potencial actividades fraudulentas o ilícitas.

El Cliente autoriza a Tenpo a comunicar, ya sea dentro de Chile o al extranjero, los Datos Personales recopilados, a sus proveedores, filiales, sociedades relacionadas de servicios y a los terceros con quienes suscriba acuerdos comerciales o alianzas relacionados a sus productos y servicios (los “Terceros”), con los mismos propósitos señalados en el párrafo precedente. Para su información, dentro de los Terceros se encuentran los Operadores de Tarjetas autorizados como tales conforme a la normativa local aplicable, y los Titulares de las Marcas de Tarjetas estampadas o referidas en las Tarjetas.

Los Datos Personales se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Lo anterior es sin perjuicio del derecho del Cliente, sus socios o accionistas y su representante legal para requerir la cancelación y eliminación de sus Datos Personales en cualquier momento; solicitud que podría resultar en la terminación del o los servicio(s) prestado(s) a través de la Plataforma Tenpo, pues sin la autorización de tratamiento de Datos Personales, dichos servicios no pueden ser prestados correctamente.

El Cliente, sus socios o accionistas y su representante legal, en su condición de titulares de sus respectivos Datos Personales, podrán en todo momento ejercer los derechos otorgados por la Ley N° 19.628 y sus modificaciones posteriores, los que tendrán el carácter de gratuitos.

Para ejercer sus derechos el interesado podrá hacerlo a través del teléfono 600 500 1900 o enviar una solicitud escrita dirigida a la casilla [email protected].

8.3 Anticorrupción

Es política del Emisor relacionarse con Clientes que cumplan con la normativa aplicable en temas anticorrupción. Por tal razón, Tenpo Prepago S.A. exige que sus Clientes observen, además de las leyes, los más altos niveles éticos, durante la relación comercial. Por lo tanto: (a) El cliente está obligado a no participar en actos de corrupción y/o soborno, en el ámbito público o privado de sus propios negocios o relaciones, que puedan involucrar o impactar tanto económica, legal o reputacionalmente al Emisor. (b) En caso el Cliente cuente con socios de negocio, proveedores, terceros, agentes y/o representantes, deben hacer los esfuerzos adecuados para que ellos mantengan comportamientos éticos y que no vayan en contra de las leyes antisoborno y anticorrupción que puedan impactar al vinculo comercial entre el cliente y el Emisor; (c) El Cliente está obligado a no otorgar beneficios personales de cualquier índole a colaboradores ni directivos del Emisor, ni a los familiares o relacionados de estos, para generar un beneficio comercial a favor del Cliente. (d) El Cliente acepta que en caso se tengan indicios razonables de que ha incurrido en una conducta impropia o que haya incumplido esta cláusula, El Emisor podrá poner término al Contrato.

8.4 Mandatos otorgados por el Cliente al Emisor

Los mandatos que se otorgan en este instrumento podrán ser revocados por el Cliente en cualquier momento, sin más formalidades que aquellas que haya debido cumplir para otorgar el acto jurídico que está revocando. En todo caso, la revocación sólo surtirá efecto a contar del período subsiguiente de pago o abono que corresponda en la obligación respectiva.

Además, los mandatos otorgados en este instrumento se entenderán revocados por haberse producido el término del presente Contrato, conforme a la sección 7 precedente.

Será suficiente rendición de cuentas de cualquiera de los mandatos que se confieren al Emisor la entrega al Cliente de los comprobantes, cartolas, estados de cuenta u otros documentos que se generen con ocasión o cumplimientos de los mandatos conferidos.

8.5 Información para fines tributarios

En cumplimiento a las normas y acuerdos contenidos y derivados de la Convención sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, publicado en el Diario Oficial del día 7 de noviembre de 2016, el Cliente autoriza Emisor para entregar al Servicio de Impuestos Internos, información relativa a su CPF y a la revisión e identificación de cuentas financieras en general, relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras.

8.6 Servicio de atención de reclamos

El Emisor cuenta con un servicio de atención al Cliente (contact center) que atiende consultas y reclamos de los mismos, en todo aquello en que no se requiera una forma de comunicación distinta. Al final del presente Contrato, en un Anexo, se contemplan los requisitos y procedimientos para acceder a dicho servicio.

8.7 Sello SERNAC

El presente Contrato no cuenta con Sello SERNAC.

8.8 Domicilio y legislación aplicable

Para todos los efectos legales que deriven del presente Contrato, el Cliente constituye domicilio especial en la comuna de Santiago y cualquier dificultad o controversia que se produzca será sometida al conocimiento y fallo de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá, en cualquier caso, ejercer las acciones que correspondan conforme a las disposiciones de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Este Contrato se rige por la ley chilena.

8.9 Modificaciones a los presentes términos y condiciones

Cada vez que Tenpo modifique los presentes términos y condiciones, el Cliente será notificado a través de un correo electrónico o un pedido de actualización a través de la Plataforma Tenpo. Una vez que el Cliente acepte los nuevos términos y condiciones, Tenpo le enviará un correo electrónico comunicando este evento. Si el Cliente no aceptase o no manifestase de forma alguna su voluntad sobre la aceptación de los nuevos términos y condiciones durante el Plazo de Término informado, este no podrá continuar haciendo uso de la plataforma Tenpo y su cuenta podrá ser cerrada en conformidad a lo señalado en el numeral 2.

“Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl”

ANEXO 1

LÍMITES Y COMISIONES TARJETA

Servicio Costos o Recargos Periodicidad
Compras internacionales denominadas en pesos chilenos 0% Por cada transacción
Compras internacionales denominadas en divisas distintas a pesos chilenos 0% Por cada transacción
Abonos de efectivo en comercios asociados $0 Por cada carga
Retiro de efectivo en comercios asociados $200 Por cada retiro
Emisión y despacho Tarjeta Física $6.000 Por cada solicitud
Despacho express $2.000 Por cada solicitud

ANEXO 2

INFORMATIVO AL CLIENTE
SERVICIO ATENCIÓN DE RECLAMOS

En caso de consultas, sugerencia y/o reclamos, los Clientes del Emisor cuentan con los siguientes canales de contacto:

  • Central telefónica al 600 500 1900. Disponible 24 horas, todos los días del año (contact center).

    Por medio de nuestra central telefónica, se le dará una solución en línea a su problema y/o reclamo o, en su defecto se generará un requerimiento interno, del cual se le entregará un número de solicitud.

  • Aplicación móvil, en la sección “ayuda” es posible generar consultas autoatendidas por el cliente de índole informativo. Adicionalmente, en la misma sección “ayuda” se podrá reportar problemas y/o reclamos. Para las solicitudes enviadas por este canal, el Cliente recibirá un e-mail de confirmación al momento de su ingreso y dentro del horario hábil, será contactado para entregarle una solución en línea, o en su defecto se escalará como un requerimiento interno.

A través de este servicio, el Cliente podrá formular reclamos, realizar consultas relacionadas con sus productos, denunciar transacciones y actividades no reconocidas, dar solución a emergencias, y/o solicitar el cierre de productos, entre otros.

Los procedimientos de reclamaciones que se formulen por estos medios no excluyen el ejercicio de los derechos de los Clientes, ni el ejercicio de sus acciones legales ante los organismos, instituciones y/o tribunales respectivos.

PERFIL FREELANCE

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO CONTRATO DE APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS TARJETAS DE PAGO NOMINATIVAS

Estos términos y condiciones de uso y sus anexos (en adelante conjuntamente, el "Contrato"), una vez aceptados por el Cliente mediante su firma electrónica, constituyen un contrato celebrado en forma no presencial o por medios tecnológicos, entre la persona que los acepta (en adelante el "Cliente" o el "Titular"), y TENPO PREPAGO S.A., una sociedad anónima especial no bancaria, autorizada para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos y registrada como tal en el Registro Único de Emisores de Tarjetas de Pago a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”), rol único tributario número 76.967.692-9 (el “Emisor”, y conjuntamente con el Cliente, las “Partes”) cuyos términos se contienen en el presente instrumento.

Previo a la aceptación de estos términos y condiciones de uso, el Cliente deberá registrarse y completar el formulario de registro (el “Formulario”) dispuesto al efecto por el Emisor en la Plataforma Tenpo (según este término se define más adelante), llenando todos sus campos con datos válidos y aquella información personal exacta, precisa y verdadera, que sea solicitada. El Cliente garantiza la veracidad, exactitud, integridad y autenticidad de los datos entregados.

El Cliente debe leer íntegramente y, en caso de estar conforme con sus términos, aceptará, mediante su firma electrónica, todas las condiciones establecidas en este Contrato, previo a la apertura de la cuenta de provisión de fondos y la emisión de la tarjeta de pago con provisión de fondos que se emite en su virtud. La no aceptación íntegra de estos términos por parte del Cliente significa que no consiente en los mismos y, en consecuencia, que no llegará a existir Contrato alguno entre el Cliente y el Emisor.

1. APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS.

El Emisor declara que es una sociedad anónima especial no bancaria, constituida al amparo de la ley 20.950 (la “Ley”) y autorizada por la CMF para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos, y que por tanto se encuentra autorizado a recibir dineros del público sólo con el objeto de destinarlo al uso que de acuerdo a la Ley puede dárseles.

Se deja constancia que la aceptación de las siguientes cláusulas por parte del Cliente no significa la renuncia a la titularidad de los derechos del Consumidor establecidos en la ley 19.946.

1.1. Plataforma Tenpo

El Emisor pone a disposición del Cliente una plataforma digital que permite hacer uso de una o más tarjetas de pago con provisión de fondos emitidas en forma virtual por el Emisor en virtud del presente Contrato, y que permite además al Cliente acceder a los demás servicios que haya habilitado o que de tiempo en tiempo pueda habilitar el Emisor, tales como consulta de saldo, estados de cuenta, centro de ayuda al cliente, y en general, el uso de las tarjetas como medio de pago conforme al presente Contrato (en adelante, la “Plataforma Tenpo”).

Para utilizar por primera vez la Plataforma Tenpo, el Cliente deberá descargar una aplicación móvil, acceder a un determinado sitio web y/o hacer uso de cualquier otro medio tecnológico habilitado por el Emisor y seguir las instrucciones que le permitirán configurar la Plataforma Tenpo. En los ingresos sucesivos el Cliente deberá acceder a dicha plataforma mediante los mecanismos de autentificación dispuestas por el Emisor, los que podrán consistir en una clave secreta creada por el Cliente, autentificación biométrica o cualquier otro mecanismo que el Emisor implemente en lo sucesivo en conformidad con las mejores prácticas internacionales y el desarrollo tecnológico.

Para proporcionar los servicios bajo la Plataforma Tenpo, el Emisor utiliza equipamiento, sistemas y programas computacionales de comunicación y procesamiento, como también medios y servicios de terceros, respecto de los cuales el Emisor adopta las medidas a su alcance para resguardar su adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio.

No serán de responsabilidad del Emisor las interrupciones, alteraciones o errores que provengan de caso fortuito o fuerza mayor.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier interrupción o suspensión programada de la Plataforma Tenpo será informada previamente por el Emisor al Cliente. Cualquier interrupción o suspensión no programada será informada por el Emisor al Cliente dentro de un plazo razonable desde que hubiere ocurrido.

El Emisor podrá ampliar las funcionalidades de la Plataforma Tenpo en la medida que ello implique para el Cliente un mejor aprovechamiento de los productos y servicios descritos en el presente Contrato, o tenga por objeto optimizar la calidad del servicio. Si fuere necesario, el Emisor podrá efectuar una actualización de la Plataforma Tenpo con tal objeto, informándole previamente acerca de las mejoras y modificaciones introducidas en la nueva versión, así como de las modificaciones que tales nuevas funcionalidades implicarán respecto a los términos y condiciones que se encuentren vigentes. La actualización que el Cliente efectúe de la Plataforma Tenpo constituye una aceptación de las modificaciones propuestas por el Emisor, e informadas previamente al Cliente conforme a lo señalado.

Existiendo una nueva actualización disponible por parte del Emisor referida a la ampliación de las funcionalidades que impliquen mejor aprovechamiento de los productos y servicios del presente contrato o que tenga por objeto la optimización de la calidad de servicio, la aceptación de dicha actualización será una condición para el uso de la Plataforma Tenpo por parte del Cliente.

1.2. Información personal del Cliente

El Cliente se obliga a registrar y mantener permanentemente actualizados, e informar lo antes posible de cualquier cambio en su información personal y de contacto proporcionados al Emisor a través del Formulario.

Para todos los efectos a que hubiere lugar en conformidad al presente Contrato, el Emisor podrá válidamente confiar en la información que el Cliente le proporcione y que mantenga registrada en sus sistemas en un determinado momento, de manera tal que no será responsable de los perjuicios que al Cliente o a cualquier tercero puedan ocasionarse producto del incumplimiento, por parte del Cliente, de su obligación de mantener permanentemente actualizados sus datos personales e información de contacto en conformidad a lo dispuesto precedentemente.

1.3. Cliente segmento Tenpo Business, Autónomo Freelance

Conforme al presente Contrato sólo serán elegibles para realizar el proceso de registro y obtención de una Tarjeta y una CPF las personas que cuenten con inicio de actividades vigente ante el SII y que sean previamente titulares de una Tarjeta Nivel II para persona natural en Tenpo.

1.4. Normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

El Cliente se obliga a colaborar en todo momento con el Emisor a fin de que éste pueda dar cumplimiento cabal y oportuno a las obligaciones que se establecen en la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se encuentren vigentes. En particular, y sin que ello importe limitación de lo anterior, el Cliente se obliga a proporcionar al Emisor, a simple requerimiento de éste, todos los antecedentes relacionados con el origen de los fondos objeto de depósitos y/o transacciones de cualquier naturaleza que se realicen al amparo de este Contrato.

El Cliente acepta y autoriza al Emisor a abstenerse de efectuar una determinada operación y/o transacción en caso de que el Cliente no logre acreditar, a satisfacción del Emisor, el origen de los respectivos recursos, o que la respectiva CPF, la Tarjeta (según estos términos se definirán más adelante) o cualquier otro medio que el Emisor le proporcione, no serán utilizados para fines lícitos.

1.5. Cuenta de provisión de fondos

Por medio del presente Contrato, el Emisor abre una cuenta de provisión de fondos (en adelante, la “CPF”) en nombre del Cliente, quien pasa a ser su titular. La CPF tiene por único y exclusivo objeto la recepción de fondos destinados a provisionar una o más tarjetas de pago con provisión de fondos asociada a la CPF. El Emisor responderá en todo momento por los recursos captados cuyo saldo se registre en la CPF.

La CPF se regirá por las normas establecidas en la Ley, en el capítulo III.J.1.3 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y por las normas establecidas en Circular 1 para emisores no bancarios de tarjetas de pago dictada por la CMF.

El saldo disponible en la CPF sólo podrá ser destinado por el Emisor a efectuar los pagos que se ordenen mediante el uso de la tarjeta de pago con provisión de fondos asociada a la CPF en conformidad al presente Contrato, al cargo de las comisiones que procedan o al reembolso de los recursos recibidos del Cliente.

Los fondos que se abonen a la CPF no serán susceptibles de embargo, medida prejudicial o precautoria u otras limitaciones al dominio emanadas de obligaciones asumidas por el Emisor distintas de las señaladas en el párrafo precedente.

1.6. Intereses, reajuste y moneda de denominación

Los fondos depositados en la CPF no devengarán intereses ni se reajustarán en forma alguna. Los recursos que se mantengan en las CPF abiertas en el Emisor serán en moneda nacional.

1.7. Abonos.

En la medida en que se hayan habilitado por el Emisor, el Cliente podrá efectuar abonos a la CPF mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

(i) La entrega o depósito de dinero en efectivo;

(ii) la instrucción de transferencias electrónicas de fondos desde Cuentas Corrientes Bancarias, Cuentas de Ahorro a la Vista de que trata el Capítulo III.E.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, Cuentas a la Vista a que se refiere el Capítulo III.B.1.1 del mismo;

(iii) abonos con cargo a otras tarjetas con provisión de fondos a que se refiere el Capítulo III.J.1.3 del mismo compendio, abiertas por el mismo Emisor, o bien

(iv) Mediante una combinación de las modalidades anteriores, incluyendo, pero no limitado a la posibilidad de efectuar abonos por intermedio de procesadores o concentradores de medios de pago con quienes el Emisor mantenga convenio.

(v) Por abonos realizados por medio de tarjeta de crédito según lo establece el Capítulo III.J.1.

Los abonos señalados podrán efectuarse, según corresponda y en la medida que se encuentren habilitados por el Emisor, por caja, a través de cajeros automáticos, mediante sistemas de transferencias electrónicas de fondos habilitados o empleando, en su caso, las corresponsalías de que dispusiere el Emisor.

El Cliente deberá utilizar los procedimientos y mecanismos de autenticación y seguridad que el Emisor hubiere dispuesto para cada canal, así como aquellos implementos complementarios habilitados al efecto, tales como claves personales de acceso, tarjetas de coordenadas y mecanismos de autenticidad similares que de tiempo en tiempo puedan implementarse por el Emisor en conformidad con las mejores prácticas internacionales, todos los cuales serán previamente informados por el Emisor.

1.8. Restitución de los fondos

El Titular tendrá derecho a solicitar al Emisor en cualquier momento la restitución total o parcial de los fondos provisionados en la CPF, sin reajustes ni intereses, ya sea en dinero efectivo o que, para la disolución del Contrato, se abone el saldo disponible en una cuenta corriente bancaria nacional, en una cuenta a la vista o en otra CPF que el propio Titular mantenga registrada en el Emisor. La restitución se efectuará una vez deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

1.9. Régimen legal de caducidad de los depósitos

Los fondos mantenidos en las CPF estarán sujetos al sistema de caducidad de depósitos, captaciones y acreencias previsto en el artículo 156 de la Ley General de Bancos y en el capítulo 2- 13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF.

2. DURACIÓN

Este Contrato tendrá una duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá ponerle término anticipado dando aviso escrito a la otra con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término (en adelante, el “Plazo de Término”). Este aviso podrá ser enviado a través de correo electrónico o a través de los canales dispuestos para ello en la Plataforma Tenpo. Se entenderá especialmente que el Emisor ha manifestado su intención de terminar el presente Contrato por el hecho de (i) dar aviso al Cliente a través de un medio tecnológico idóneo, y (ii) publicar y proponer al Cliente nuevos términos y condiciones en la Plataforma Tenpo (en adelante, ambas acciones, la “Propuesta del Emisor”), a contar de la cual comenzará a regir el Plazo de Término.

Sin perjuicio de lo anterior, si estando vigente el Plazo de Término el Cliente acepta la Propuesta del Emisor, se entenderá para todos los efectos legales que, a contar del vencimiento del Plazo de Término, ha comenzado a regir entre las Partes un nuevo Contrato, regido por aquellos nuevos términos y condiciones contenidos en la Propuesta del Emisor y voluntariamente aceptados por el Cliente.

Si por el contrario, estando vigente el Plazo de Término el Cliente comunica expresamente al Emisor que no acepta la Propuesta del Emisor, o no manifiesta en forma alguna su voluntad, el Contrato que se encuentre vigente terminará el último día del Plazo de Término.

En todo caso, el Cliente podrá solicitar al Emisor la restitución de los fondos disponibles en su CPF conforme al presente Contrato. Los fondos que no hubieren sido rescatados por el Cliente a la fecha de terminación del Contrato constituirán acreencias sujetas a caducidad, y se regirán por lo dispuesto en la Cláusula 1.8 precedente.

3. TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS

3.1. Tarjeta de pago con provisión de fondos

El Emisor emitirá en forma nominativa y pondrá a disposición del Cliente una o más tarjetas de pago con provisión de fondos (en adelante, las “Tarjetas”), según los términos que se detallan más adelante, cuyo uso permitirá al Cliente disponer del dinero que se encuentre depositado en la CPF en conformidad con los términos previstos en el presente Contrato y la normativa vigente.

El uso de las Tarjetas se circunscribe a la adquisición de bienes, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliadas a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago. Estos establecimientos, servicios e instituciones informarán oportunamente su aceptación del medio de pago disponible que se describe en este Contrato.

La Tarjeta podrá emplearse para realizar transferencias electrónicas de fondos, y, el Emisor podrá habilitar adicionalmente, la realización de giros en cajeros automáticos y compras presenciales, o cualquier otra modalidad de uso de la Tarjeta, todo de conformidad a las reglas que se establecen en este Contrato. Las nuevas modalidades de uso serán informadas oportunamente al Cliente.

3.2. Uso de la Tarjeta como medio de pago

El Cliente podrá usar las Tarjetas como medio de pago en todas aquellas entidades afiliadas que acepten las Tarjetas como tal, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El Cliente podrá: (i) adquirir bienes, pagar servicios y efectuar compras en forma no presencial, en sitios web, aplicaciones móviles y otras plataformas de comercio electrónico que acepten las Tarjetas como medio de pago; y (ii) para la realización de pagos no presenciales en general, sin perjuicio de las demás prestaciones complementarias que el Emisor implemente y la CMF autorice. Lo anterior, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda local se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF en una cantidad igual al monto a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción respectiva, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato y la normativa vigente al tiempo de efectuarse la transacción, y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda extranjera (distinta a pesos chilenos) se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF, en una cantidad equivalente al monto que sea necesario para adquirir la totalidad de la respectiva moneda extranjera a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción correspondiente, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato, a la normativa local y extranjera que resulte aplicable a la transacción internacional y al contrato celebrado por el Cliente con dicha entidad extranjera y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Cliente confiere un mandato gratuito al Emisor, para que debite desde su CPF la suma que fuere necesaria para adquirir la respectiva moneda extranjera, conforme al tipo de cambio que, al tiempo de celebrarse dicha transacción, informe el Emisor en la Plataforma Tenpo, y efectúe el pago al comercio extranjero a quien el Cliente hubiere ejecutado la transacción en moneda extranjera. Se entenderá que el Cliente ha aceptado el referido tipo de cambio por el hecho de utilizar voluntariamente su Tarjeta en el comercio internacional para la adquisición de bienes o el pago de servicios en las entidades afiliadas al respectivo medio de pago. El Cliente autoriza al Emisor para que proceda a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos o indebidamente asentados en sus CPF.

El Emisor dará cuenta al Cliente de la ejecución de este mandato mediante el envío del respectivo Estado de Cuenta, incluyendo el detalle que se indica en la sección correspondiente de este Contrato.

El saldo o disponibilidad efectiva para realizar pagos de una Tarjeta corresponderá al monto neto de los abonos y cargos registrados en la CPF. Si el saldo disponible fuere inferior al monto de la respectiva transacción, ésta no podrá ser realizada y no será cargada a la CPF ni aun en forma parcial.

El Emisor no dará curso a una transacción cuando el saldo disponible en la CPF resulte insuficiente para su realización y deberá velar porque el saldo en la CPF nunca sea negativo.

3.3. Crédito o sobregiros asociados y reverso de transacciones

Este Contrato no comprende en forma alguna el otorgamiento de modalidades de crédito o sobregiros asociados a la Tarjeta o a la CPF, cualquiera sea su forma de emisión. El usuario autoriza e instruye expresamente al Emisor a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos, o transacciones anuladas, canceladas o indebidamente asentados en sus CPF.

3.4. Estados de Cuenta

El uso de la Tarjeta y de la CPF será informado mensualmente mediante el envío de estados de cuenta (los “Estados de Cuenta”), que serán emitidos el día 5 de cada mes o el día hábil posterior más próximo e informados al Cliente a la dirección de correo electrónico que mantenga registrada en el Emisor.

Los Estados de Cuenta contendrán, a lo menos, el detalle acerca de los giros o abonos realizados, el saldo vigente al inicio del período y el vigente a la fecha de su emisión, costos, cargos, comisiones o impuestos que se hayan pagado desde el día inmediatamente siguiente al periodo incluido en el último Estado de Cuenta.

3.5. Clases de Tarjetas

El Cliente podrá solicitar el otorgamiento de una o más Tarjeta Nivel II o Internacional, la que podrá ser emitida por el Emisor cuando el Cliente, haya completado el Formulario y aceptado el presente Contrato mediante firma electrónica simple, a través de la Plataforma Tenpo, y haya acreditado fehacientemente su identidad al Emisor, en forma remota, a través de aquellos procedimientos de autenticación seguros que el Emisor hubiere habilitado para tales fines en la Plataforma Tenpo, incluyendo métodos de autenticación con proveedores externos sobre la base de información privada del Cliente disponible conforme a la legislación vigente, autenticación biométrica, firma electrónica avanzada, secreto compartido u otros.

La Tarjeta, podrá ser utilizada como medio de pago fuera del territorio de la República de Chile, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 3.2 precedente.

Las comisiones aplicables para la Tarjeta se encuentran descritas en el Anexo I del presente Contrato, que se entiende forma parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

El saldo máximo permitido en la CPF para la Tarjeta Nivel II o Internacional, así como los montos máximos de abonos diarios, monto máximo de retiros y otros límites aplicables se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

El Emisor podrá sustituir la marca internacional con que emita la Tarjeta, previa aceptación expresa del Cliente.

La Tarjeta podrá ser virtual o física.

3.5.1. Tarjeta Física

El Cliente podrá solicitar la emisión de una Tarjeta Física, que le permitirá realizar compras presenciales tanto en establecimientos comerciales nacionales como internacionales que se encuentren afiliados a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago, así como en los cajeros automáticos afiliados.

El Cliente podrá solicitar su Tarjeta Física a través de la Plataforma Tenpo, para lo que deberá ingresar los datos que les sean solicitados para su correcta emisión y despacho.

El Cliente deberá pagar una Tarifa por la emisión y despacho de su Tarjeta Física cuyo monto se informará al momento en que éste realice la solicitud a través de la Plataforma Tenpo, el que una vez aceptado por el Cliente será descontado del saldo de su CPF.

La Tarjeta Física será despachada al domicilio indicado por El Cliente, previa validación, dentro del plazo que le será informado al momento de realizar la solicitud. Si el domicilio no puede ser validado, se le informará al Cliente quien podrá señalar uno distinto para su entrega. Si el Cliente no recibe su Tarjeta dentro del plazo indicado deberá informar de esta situación a Tenpo a través de los canales de comunicación habilitados al efecto.

El Emisor se reserva el derecho de no dar curso a una solicitud de emisión de Tarjeta Física si los datos ingresados por el Cliente no pueden ser validados, así como por razones de seguridad.

El Emisor no será responsable si la entrega de la Tarjeta Física no se ha verificado dentro de plazo informado por causas que no le sean imputables.

Una vez recibida la Tarjeta Física, el Cliente deberá activarla a través de la Plataforma Tenpo, sin dicha activación no podrá hacer uso de ella. Una vez realizada la activación de la Tarjeta Física, la Tarjeta Virtual del Cliente será dada de baja, y, por tanto, se mantendrá activa únicamente su Tarjeta Física. Será responsabilidad del Cliente actualizar las suscripciones de servicios que mantenga vigentes y cuyo pago se encuentre asociado a su Tarjeta Virtual.

Los límites aplicables al uso de la Tarjeta Física se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

4. CANALES ELECTRÓNICOS

El Cliente declara conocer que para operar a través de medios remotos los servicios que se prestan en virtud de este Contrato, incluyendo la Plataforma Tenpo, y las comunicaciones y transacciones vía Internet, deberá acceder y/o introducir, conforme a las instrucciones desplegadas en el mismo medio remoto, sus datos personales y datos de autenticación habilitados, tales como su código numérico personal o “pin”, contraseña, clave de acceso o coordenadas, así como cualquiera otra medida de seguridad e identificación que el Emisor pueda habilitar de tiempo en tiempo de acuerdo con las mejores prácticas internacionales. Las Partes reconocen que tales medidas de autenticación constituyen una firma electrónica, en conformidad con la normativa vigente y por ende, producen el mismo efecto que la firma manuscrita y constituyen el mecanismo de aceptación e identificación del Cliente por medios remotos para todos los efectos legales y contractuales a que hubiere lugar.

5. MEDIDAS DE SEGURIDAD

5.1 Deberes y responsabilidades

Es obligación del Cliente mantener sus Tarjetas en lugar seguro bajo su custodia personal y sus claves y medios de autenticación proporcionados por el Emisor en carácter de estrictamente confidenciales y no revelarlas a ninguna persona. El Cliente también se obliga a no generar copias físicas o digitales de sus Tarjetas virtuales ni de los datos contenidos en ellas. Las claves de acceso a los canales remotos habilitados por el Emisor, así como toda otra medida de seguridad o autenticación proporcionada al Cliente bajo el presente Contrato son secretas, personales e intransferibles, por lo que el Cliente se obliga a mantener la debida diligencia, sigilo y cuidado en su utilización, y deberá asumir la responsabilidad por los perjuicios que el mal uso o la utilización errónea de tales claves o medidas puedan ocasionar al mismo Cliente, al Emisor y/o a terceros, salvo cuando el Cliente hubiere informado personal y previamente al Emisor el hecho de su pérdida o sustracción.

Al solicitar la adquisición de bienes y/o requerir servicios de alguno de los establecimientos afiliados, el Cliente y/o sus Adicionales, a requerimiento del establecimiento, y como medida de seguridad, deberán identificarse y entregar su Tarjeta para su examen y confrontación de datos, debiendo cerciorarse el Cliente que ésta le sea devuelta luego de haber realizado el pago.

En caso de extravío, hurto, robo, mal uso, o cualquier otra circunstancia similar, que afecte a su Tarjeta o medios de autenticación, el Cliente se obliga a dar aviso inmediato al Emisor a través de los canales dispuestos al efecto en la Plataforma Tenpo. El Cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con su Tarjeta con posterioridad al aviso indicado.

5.2 Suspensión temporal

El Emisor podrá suspender o bloquear temporalmente los productos o servicios contratados en forma total o parcial, en caso de detectarse operaciones o intento de operaciones que pudieran revestir el carácter de fraudulentas, por uso indebido, caso fortuito u otras circunstancias graves que por su particularidad hagan presumir que pueda estar en riesgo los intereses del Cliente y/o el Emisor.

El Cliente también podrá bloquear temporalmente su Tarjeta, iniciando sesión en la Plataforma Tenpo, autenticándose y eligiendo la opción correspondiente. En tal caso, la Tarjeta quedará bloqueada temporalmente para compras y habilitada para consultas, retiros y cargas, hasta que el Cliente realice el desbloqueo de esta, siguiendo el mismo procedimiento.

6. COMISIONES, GASTOS E IMPUESTOS

6.1. Comisiones

El Cliente pagará al Emisor las comisiones que se describen en el Anexo I al presente Contrato, el cual se entiende formar parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

6.2. Gastos e Impuestos

Todo gasto o impuesto que grave o pueda devengar el otorgamiento del presente instrumento, así como de todas y cada una de las operaciones que se deriven exclusivamente de él, como asimismo los eventuales gastos y costas de cobranza, serán de cuenta y cargo del Cliente.

El Cliente instruye, mandata y autoriza expresamente al Emisor a debitar desde su CPF toda suma que fuere necesaria para cubrir el pago de comisiones, gastos e impuestos que fueren procedentes. Se deja constancia de que, a esta fecha, no existen impuestos ni gastos que sean de cargo del Cliente. Sin embargo, de existir o de ser establecidos por ley en el futuro, los gastos y/o impuestos que deriven del otorgamiento de este Contrato o de las operaciones que en él se describen serán informados oportunamente antes de la finalización de cada operación.

7. DISOLUCIÓN DEL CONTRATO

7.1. Terminación del Contrato por parte del Cliente

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Cliente podrá poner término al Contrato sin expresión de causa, informando su decisión de terminar el contrato mediante correo electrónico enviado desde la dirección que mantenga registrada en el Emisor, a la dirección que se informe por el Emisor en su sitio web, o a través de los canales habilitados para ello en la Plataforma Tenpo. A partir de la fecha en que se efectúe dicha comunicación, el Emisor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para proceder al cierre de la CPF y la restitución de los fondos al Cliente, deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

7.2. Terminación del Contrato por parte del Emisor

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Emisor podrá poner término de inmediato al Contrato por alguna de las siguientes causales:

a) Si el Cliente no diere cumplimiento íntegro y oportuno a todas y cada una de sus obligaciones para con el Emisor;

b) si se detecta por el Emisor una actuación fraudulenta o ilícita del Cliente relacionada con la ejecución del Contrato, o se hace mal uso o uso fraudulento de cualquier Tarjeta, producto, aplicación, plataforma, canal o medio tecnológico habilitado por el Emisor sin perjuicio de las demás acciones legales que sean pertinentes;

c) si el Cliente no declare oportuna y debidamente el origen de los fondos depositados en la CPF, hubiere incurrido en omisiones o falsedades en las informaciones proporcionadas al solicitar cualquier producto o servicio, si de cualquier otra forma no cumple con las solicitudes que, razonablemente, el Emisor le efectúe a fin de dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y en general, si se encuentra incorporado en cualquier lista o nómina de personas con las cuales el Emisor se encuentre impedido de operar;

d) si el Cliente solicita su liquidación voluntaria, o uno o más de sus acreedores solicitan su liquidación forzosa, y en general en todos aquellos casos en los que el Cliente se encuentre sometido a un Procedimiento Concursal, de aquellos regulados en la ley 20.720;

e) si el Cliente inicia y/o mantiene litigios en contra del Emisor, o si el Emisor inicia y/o mantiene un litigio en contra del Cliente;

f) si el Cliente hubiere sido formalizado o condenado por un crimen o simple delito;

g) si el Cliente revocare cualquier mandato que haya conferido al Emisor en virtud de este Contrato;

h) si el Cliente falleciere o fuere declarado interdicto;

i) si el Cliente no utiliza su Tarjeta durante un plazo superior a 1 año o no actualiza la Plataforma Tenpo en el mismo plazo una vez comunicada dicha actualización por parte del Emisor;

j) si el Cliente incurre en conductas, omisiones o actos verbales o físicos que sean constitutivos de agravio, ofensa, malos tratos, insultos, violencia o en cualquier otra forma produzcan una afectación a la integridad física o psíquica a cualquier persona que dependa o preste servicios al Emisor;

k) en los demás casos en que la ley u otra normativa aplicable así lo establezcan.

Si el Emisor decidiera poner término al Contrato por alguna de las causales antes individualizadas, deberá informar al Cliente de dicha decisión por escrito, mediante comunicación enviada al correo electrónico que el Cliente mantenga registrado.

Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá proceder a la suspensión inmediata de uno o más de los servicios o funcionalidades asociadas a la Tarjeta cuando concurra alguna de las causales descritas en la presente cláusula, con la finalidad de precaver un perjuicio al Emisor, al Cliente, sus herederos y sucesores, o a terceros, o evitar un uso ilícito o fraudulento de los productos.

8. DISPOSICIONES VARIAS

8.1 Comunicaciones

Las notificaciones y cualquiera otra comunicación que conforme al presente Contrato deban ser dirigidas entre las Partes, para todos los efectos legales, serán enviadas al correo electrónico registrado en el Emisor por el Cliente, informado por el Emisor en su sitio web, o a través de comunicación enviada a través de la Plataforma Tenpo, salvo en cuanto se indique lo contrario en el presente instrumento.

8.2 Datos Personales

El Emisor llevará a cabo el tratamiento de Datos Personales con sujeción a lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, o cualquiera que en el futuro la reemplace o sea aplicable.

El Cliente autoriza al Emisor a acceder, recolectar, almacenar, procesar y, en general, a hacer tratamiento, por sí o a través de terceros, de los datos personales que el Emisor requiere para la prestación de los servicios bajo el Contrato, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los siguientes: (los “Datos Personales”):

a) Antecedentes de individualización, tales como: nombre, RUT, edad, sexo, domicilio, correo electrónico, teléfono y actividad profesional;

b) número de CPF, número y tipo de Tarjeta, estados de cuenta, código del país, dirección postal y de facturación, historial y comportamiento de gastos, cuenta interna y aplicaciones instaladas;

c) datos personales a los que el Emisor tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitudes o contrataciones de productos y/o servicios que realice el Cliente; e

d) información relativa a los servicios contratados con el Emisor.

Los Datos Personales serán tratados con el propósito de permitir al Emisor: (i) cumplir con las obligaciones que le impone el Contrato, (ii) ofrecer productos y servicios distintos de aquellos objetos del Contrato; (iii) desarrollar, materializar e implementar acciones comerciales, tales como acuerdos comerciales o alianzas con terceros, relacionadas a los productos y servicios del Emisor; (iv) perfeccionar, materializar y/o implementar productos y servicios que el Emisor ponga a disposición del Cliente por cualquier medio; (v) agregar nuevos atributos o beneficios o implementar modalidades o características que mejoren la calidad y/u oportunidad de prestación de servicios y/o productos puestos a disposición del Cliente por parte del Emisor, o personas relacionadas al Emisor; e (vi) identificar potencial actividad fraudulenta o ilícita.

El Cliente autoriza al Emisor a comunicar, ya sea dentro de Chile o al extranjero, sus Datos Personales a sus proveedores, filiales, sociedades relacionadas de servicios y a los terceros con quienes suscriba acuerdos comerciales o alianzas relacionados a sus productos y servicios (los “Terceros”). Para su información, dentro de los Terceros se encuentran los Operadores de Tarjetas autorizados como tales conforme a la normativa local aplicable, y los Titulares de las Marcas de Tarjetas estampadas o referidas en las Tarjetas.

Los Datos Personales se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Lo anterior sin perjuicio del derecho del Cliente para requerir la cancelación y eliminación de sus Datos Personales en cualquier momento; solicitud que resultará en la terminación del o los servicio(s) prestado(s) a través de la Plataforma Tenpo, pues sin la autorización de tratamiento de Datos Personales, dichos servicios no pueden ser prestados correctamente.

El Cliente, en su condición de titular de sus Datos Personales, podrá en todo momento ejercer los derechos otorgados por la Ley N° 19.628 y sus modificaciones posteriores, los que tendrán el carácter de gratuitos.

Para ejercer sus derechos el Cliente podrá enviar una solicitud escrita dirigida a la casilla [email protected] o a través del teléfono 600 500 1900.

8.3 Anticorrupción

Es política del Emisor relacionarse con Clientes que cumplan con la normativa aplicable en temas de anticorrupción. Por tal razón, Tenpo Prepago S.A. exige que sus Clientes observen, además de las leyes, los más altos niveles éticos, durante la relación comercial. Por lo tanto: (a) El Cliente está obligado a no participar en actos de corrupción y/o soborno, en el ámbito público o privado de sus propios negocios o relaciones, que puedan involucrar o impactar tanto económica, legal o reputacionalmente al Emisor; (b) El cliente está obligado a no otorgar beneficios personales de cualquier índole a colaboradores ni directivos del Emisor, ni a los familiares o relacionados de estos, para generar un beneficio comercial a favor del Cliente; (c) El Cliente acepta que en caso se tengan indicios razonables de que ha incurrido en una conducta impropia o que haya incumplido estas cláusulas, se podrá poner término al Contrato.

8.4 Mandatos otorgados por el Cliente al Emisor

Los mandatos que se otorgan en este instrumento podrán ser revocados por el Cliente en cualquier momento, sin más formalidades que aquellas que haya debido cumplir para otorgar el acto jurídico que está revocando. En todo caso, la revocación sólo surtirá efecto a contar del período subsiguiente de pago o abono que corresponda en la obligación respectiva.

Además, los mandatos otorgados en este instrumento se entenderán revocados por haberse producido el término del presente Contrato, conforme a la sección 7 precedente.

Será suficiente rendición de cuentas de cualquiera de los mandatos que se confieren al Emisor la entrega al Cliente de los comprobantes, cartolas, estados de cuenta u otros documentos que se generen con ocasión o cumplimientos de los mandatos conferidos.

8.5 Información para fines tributarios

En cumplimiento a las normas y acuerdos contenidos y derivados de la Convención Sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, publicado en el Diario Oficial del día 07 de noviembre de 2016, el usuario autoriza Emisor para entregar al Servicio de Impuestos Internos, información relativa a su CPF y a la revisión e identificación de cuentas financieras en general, relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras.

8.6 Servicio de atención de reclamos

El Emisor cuenta con un servicio de atención al Cliente que atiende consultas y reclamos de los mismos. Al final del presente Contrato, en un Anexo, se contemplan los requisitos y procedimientos para acceder a dicho servicio.

8.7 Sello SERNAC

El presente Contrato no cuenta con Sello SERNAC.

8.8 Domicilio y legislación aplicable

Para todos los efectos legales que deriven del presente Contrato, el Cliente constituye domicilio especial en la comuna de Santiago y cualquier dificultad o controversia que se produzca será sometida al conocimiento y fallo de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá, en cualquier caso, ejercer las acciones que correspondan conforme a las disposiciones de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Este Contrato se rige por la ley chilena.

8.9 Modificaciones a los presentes términos y condiciones

Cada vez que Tenpo modifique los presentes términos y condiciones, el Cliente será notificado a través de un correo electrónico o un pedido de actualización a través de la Plataforma Tenpo. Una vez que el Cliente acepte los nuevos términos y condiciones, Tenpo le enviará un correo electrónico comunicando este evento. Si el Cliente no aceptase o no manifestase de forma alguna su voluntad sobre la aceptación de los nuevos términos y condiciones durante el Plazo de Término informado, este no podrá continuar haciendo uso de la plataforma Tenpo y su cuenta podrá ser cerrada en conformidad a lo señalado en el numeral 2.

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl

ANEXO 1

LÍMITES Y COMISIONES

Servicio Costos o Recargos Periodicidad
Compras internacionales denominadas en pesos chilenos 0% Por cada transacción
Compras internacionales denominadas en divisas distintas a pesos chilenos 0% Por cada transacción
Abonos de efectivo en comercios asociados $0 Por cada carga
Retiro de efectivo en comercios asociados $200 Por cada retiro
Emisión y despacho Tarjeta Física $6.000 Por cada solicitud
Despacho express $2.000 Por cada solicitud

ANEXO 2

INFORMATIVO AL CLIENTE
SERVICIO ATENCIÓN DE RECLAMOS

En caso de consultas, sugerencia y/o reclamos, los Clientes del Emisor cuentan con los siguientes canales de contacto:

  • Central telefónica al 600 500 1900. Disponible 24 horas, todos los días del año.

    Por medio de nuestra central telefónica, se le dará una solución en línea a su problema y/o reclamo o, en su defecto se generará un requerimiento interno, del cual se le entregará un número de solicitud.

  • Aplicación móvil, en la sección “ayuda” es posible generar consultas autoatendidas por el cliente de índole informativo. Adicionalmente, en la misma sección “ayuda” se podrá reportar problemas y/o reclamos. Para las solicitudes enviadas por este canal, el Cliente recibirá un e-mail de confirmación al momento de su ingreso y dentro del horario hábil, será contactado para entregarle una solución en línea, o en su defecto se escalará como un requerimiento interno.

A través de este servicio, el Cliente podrá formular reclamos, realizar consultas relacionadas con sus productos, denunciar transacciones y actividades no reconocidas, dar solución a emergencias, y/o solicitar el cierre de productos, entre otros.

Los procedimientos de reclamaciones que se formulen por estos medios no excluyen el ejercicio de los derechos de los Clientes, ni el ejercicio de sus acciones legales ante los organismos, instituciones y/o tribunales respectivos.

POLÍTICAS DE PRIVACIDAD

TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO CONTRATO DE APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS TARJETAS DE PAGO NOMINATIVAS

Estos términos y condiciones de uso y sus anexos (en adelante conjuntamente, el "Contrato"), una vez aceptados por el Cliente mediante su firma electrónica, constituyen un contrato celebrado en forma no presencial o por medios tecnológicos, entre la persona que los acepta (en adelante el "Cliente" o el "Titular"), y TENPO PREPAGO S.A., una sociedad anónima especial no bancaria, autorizada para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos y registrada como tal en el Registro Único de Emisores de Tarjetas de Pago a cargo de la Comisión para el Mercado Financiero (en adelante, la “CMF”), rol único tributario número 76.967.692-9 (el “Emisor”, y conjuntamente con el Cliente, las “Partes”) cuyos términos se contienen en el presente instrumento.

Previo a la aceptación de estos términos y condiciones de uso, el Cliente deberá registrarse y completar el formulario de registro (el “Formulario”) dispuesto al efecto por el Emisor en la Plataforma Tenpo (según este término se define más adelante), llenando todos sus campos con datos válidos y aquella información personal exacta, precisa y verdadera, que sea solicitada. El Cliente garantiza la veracidad, exactitud, integridad y autenticidad de los datos entregados.

El Cliente debe leer íntegramente y, en caso de estar conforme con sus términos, aceptará, mediante su firma electrónica, todas las condiciones establecidas en este Contrato, previo a la apertura de la cuenta de provisión de fondos y la emisión de la tarjeta de pago con provisión de fondos que se emite en su virtud. La no aceptación íntegra de estos términos por parte del Cliente significa que no consiente en los mismos y, en consecuencia, que no llegará a existir Contrato alguno entre el Cliente y el Emisor.

1. APERTURA DE TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS.

El Emisor declara que es una sociedad anónima especial no bancaria, constituida al amparo de la ley 20.950 (la “Ley”) y autorizada por la CMF para emitir tarjetas de pago con provisión de fondos, y que por tanto se encuentra autorizado a recibir dineros del público sólo con el objeto de destinarlo al uso que de acuerdo a la Ley puede dárseles.

Se deja constancia que la aceptación de las siguientes cláusulas por parte del Cliente no significa la renuncia a la titularidad de los derechos del Consumidor establecidos en la ley 19.946.

1.1. Plataforma Tenpo

El Emisor pone a disposición del Cliente una plataforma digital que permite hacer uso de una o más tarjetas de pago con provisión de fondos emitidas en forma virtual por el Emisor en virtud del presente Contrato, y que permite además al Cliente acceder a los demás servicios que haya habilitado o que de tiempo en tiempo pueda habilitar el Emisor, tales como consulta de saldo, estados de cuenta, centro de ayuda al cliente, y en general, el uso de las tarjetas como medio de pago conforme al presente Contrato (en adelante, la “Plataforma Tenpo”).

Para utilizar por primera vez la Plataforma Tenpo, el Cliente deberá descargar una aplicación móvil, acceder a un determinado sitio web y/o hacer uso de cualquier otro medio tecnológico habilitado por el Emisor y seguir las instrucciones que le permitirán configurar la Plataforma Tenpo. En los ingresos sucesivos el Cliente deberá acceder a dicha plataforma mediante los mecanismos de autentificación dispuestas por el Emisor, los que podrán consistir en una clave secreta creada por el Cliente, autentificación biométrica o cualquier otro mecanismo que el Emisor implemente en lo sucesivo en conformidad con las mejores prácticas internacionales y el desarrollo tecnológico.

Para proporcionar los servicios bajo la Plataforma Tenpo, el Emisor utiliza equipamiento, sistemas y programas computacionales de comunicación y procesamiento, como también medios y servicios de terceros, respecto de los cuales el Emisor adopta las medidas a su alcance para resguardar su adecuado funcionamiento y la continuidad del servicio.

No serán de responsabilidad del Emisor las interrupciones, alteraciones o errores que provengan de caso fortuito o fuerza mayor.

Sin perjuicio de lo anterior, cualquier interrupción o suspensión programada de la Plataforma Tenpo será informada previamente por el Emisor al Cliente. Cualquier interrupción o suspensión no programada será informada por el Emisor al Cliente dentro de un plazo razonable desde que hubiere ocurrido.

El Emisor podrá ampliar las funcionalidades de la Plataforma Tenpo en la medida que ello implique para el Cliente un mejor aprovechamiento de los productos y servicios descritos en el presente Contrato, o tenga por objeto optimizar la calidad del servicio. Si fuere necesario, el Emisor podrá efectuar una actualización de la Plataforma Tenpo con tal objeto, informándole previamente acerca de las mejoras y modificaciones introducidas en la nueva versión, así como de las modificaciones que tales nuevas funcionalidades implicarán respecto a los términos y condiciones que se encuentren vigentes. La actualización que el Cliente efectúe de la Plataforma Tenpo constituye una aceptación de las modificaciones propuestas por el Emisor, e informadas previamente al Cliente conforme a lo señalado.

Existiendo una nueva actualización disponible por parte del Emisor referida a la ampliación de las funcionalidades que impliquen mejor aprovechamiento de los productos y servicios del presente contrato o que tenga por objeto la optimización de la calidad de servicio, la aceptación de dicha actualización será una condición para el uso de la Plataforma Tenpo por parte del Cliente.

1.2. Información personal del Cliente

El Cliente se obliga a registrar y mantener permanentemente actualizados, e informar lo antes posible de cualquier cambio en su información personal y de contacto proporcionados al Emisor a través del Formulario.

Para todos los efectos a que hubiere lugar en conformidad al presente Contrato, el Emisor podrá válidamente confiar en la información que el Cliente le proporcione y que mantenga registrada en sus sistemas en un determinado momento, de manera tal que no será responsable de los perjuicios que al Cliente o a cualquier tercero puedan ocasionarse producto del incumplimiento, por parte del Cliente, de su obligación de mantener permanentemente actualizados sus datos personales e información de contacto en conformidad a lo dispuesto precedentemente.

1.3. Cliente segmento Tenpo Business, Emprendedor

Conforme al presente Contrato sólo serán elegibles para realizar el proceso de registro y obtención de una Tarjeta y una CPF las personas que sean previamente titulares de una Tarjeta Nivel II para persona natural en Tenpo.

1.4. Normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo

El Cliente se obliga a colaborar en todo momento con el Emisor a fin de que éste pueda dar cumplimiento cabal y oportuno a las obligaciones que se establecen en la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que se encuentren vigentes. En particular, y sin que ello importe limitación de lo anterior, el Cliente se obliga a proporcionar al Emisor, a simple requerimiento de éste, todos los antecedentes relacionados con el origen de los fondos objeto de depósitos y/o transacciones de cualquier naturaleza que se realicen al amparo de este Contrato.

El Cliente acepta y autoriza al Emisor a abstenerse de efectuar una determinada operación y/o transacción en caso de que el Cliente no logre acreditar, a satisfacción del Emisor, el origen de los respectivos recursos, o que la respectiva CPF, la Tarjeta (según estos términos se definirán más adelante) o cualquier otro medio que el Emisor le proporcione, no serán utilizados para fines lícitos.

1.5. Cuenta de provisión de fondos

Por medio del presente Contrato, el Emisor abre una cuenta de provisión de fondos (en adelante, la “CPF”) en nombre del Cliente, quien pasa a ser su titular. La CPF tiene por único y exclusivo objeto la recepción de fondos destinados a provisionar una o más tarjetas de pago con provisión de fondos asociada a la CPF. El Emisor responderá en todo momento por los recursos captados cuyo saldo se registre en la CPF.

La CPF se regirá por las normas establecidas en la Ley, en el capítulo III.J.1.3 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central de Chile y por las normas establecidas en Circular 1 para emisores no bancarios de tarjetas de pago dictada por la CMF.

El saldo disponible en la CPF sólo podrá ser destinado por el Emisor a efectuar los pagos que se ordenen mediante el uso de la tarjeta de pago con provisión de fondos asociada a la CPF en conformidad al presente Contrato, al cargo de las comisiones que procedan o al reembolso de los recursos recibidos del Cliente.

Los fondos que se abonen a la CPF no serán susceptibles de embargo, medida prejudicial o precautoria u otras limitaciones al dominio emanadas de obligaciones asumidas por el Emisor distintas de las señaladas en el párrafo precedente.

1.6. Intereses, reajuste y moneda de denominación

Los fondos depositados en la CPF no devengarán intereses ni se reajustarán en forma alguna. Los recursos que se mantengan en las CPF abiertas en el Emisor serán en moneda nacional.

1.7. Abonos.

En la medida en que se hayan habilitado por el Emisor, el Cliente podrá efectuar abonos a la CPF mediante cualquiera de las siguientes modalidades:

(i) La entrega o depósito de dinero en efectivo;

(ii) la instrucción de transferencias electrónicas de fondos desde Cuentas Corrientes Bancarias, Cuentas de Ahorro a la Vista de que trata el Capítulo III.E.2 del Compendio de Normas Financieras del Banco Central, Cuentas a la Vista a que se refiere el Capítulo III.B.1.1 del mismo;

(iii) abonos con cargo a otras tarjetas con provisión de fondos a que se refiere el Capítulo III.J.1.3 del mismo compendio, abiertas por el mismo Emisor, o bien

(iv) Mediante una combinación de las modalidades anteriores, incluyendo, pero no limitado a la posibilidad de efectuar abonos por intermedio de procesadores o concentradores de medios de pago con quienes el Emisor mantenga convenio.

(v) Por abonos realizados por medio de tarjeta de crédito según lo establece el Capítulo III.J.1.

Los abonos señalados podrán efectuarse, según corresponda y en la medida que se encuentren habilitados por el Emisor, por caja, a través de cajeros automáticos, mediante sistemas de transferencias electrónicas de fondos habilitados o empleando, en su caso, las corresponsalías de que dispusiere el Emisor.

El Cliente deberá utilizar los procedimientos y mecanismos de autenticación y seguridad que el Emisor hubiere dispuesto para cada canal, así como aquellos implementos complementarios habilitados al efecto, tales como claves personales de acceso, tarjetas de coordenadas y mecanismos de autenticidad similares que de tiempo en tiempo puedan implementarse por el Emisor en conformidad con las mejores prácticas internacionales, todos los cuales serán previamente informados por el Emisor.

1.8. Restitución de los fondos

El Titular tendrá derecho a solicitar al Emisor en cualquier momento la restitución total o parcial de los fondos provisionados en la CPF, sin reajustes ni intereses, ya sea en dinero efectivo o que, para la disolución del Contrato, se abone el saldo disponible en una cuenta corriente bancaria nacional, en una cuenta a la vista o en otra CPF que el propio Titular mantenga registrada en el Emisor. La restitución se efectuará una vez deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

1.9. Régimen legal de caducidad de los depósitos

Los fondos mantenidos en las CPF estarán sujetos al sistema de caducidad de depósitos, captaciones y acreencias previsto en el artículo 156 de la Ley General de Bancos y en el capítulo 2- 13 de la Recopilación Actualizada de Normas de la CMF.

2. DURACIÓN

Este Contrato tendrá una duración indefinida, pero cualquiera de las partes podrá ponerle término anticipado dando aviso escrito a la otra con a lo menos 30 días corridos de anticipación a la fecha de término (en adelante, el “Plazo de Término”). Este aviso podrá ser enviado a través de correo electrónico o a través de los canales dispuestos para ello en la Plataforma Tenpo. Se entenderá especialmente que el Emisor ha manifestado su intención de terminar el presente Contrato por el hecho de (i) dar aviso al Cliente a través de un medio tecnológico idóneo, y (ii) publicar y proponer al Cliente nuevos términos y condiciones en la Plataforma Tenpo (en adelante, ambas acciones, la “Propuesta del Emisor”), a contar de la cual comenzará a regir el Plazo de Término.

Sin perjuicio de lo anterior, si estando vigente el Plazo de Término el Cliente acepta la Propuesta del Emisor, se entenderá para todos los efectos legales que, a contar del vencimiento del Plazo de Término, ha comenzado a regir entre las Partes un nuevo Contrato, regido por aquellos nuevos términos y condiciones contenidos en la Propuesta del Emisor y voluntariamente aceptados por el Cliente.

Si por el contrario, estando vigente el Plazo de Término el Cliente comunica expresamente al Emisor que no acepta la Propuesta del Emisor, o no manifiesta en forma alguna su voluntad, el Contrato que se encuentre vigente terminará el último día del Plazo de Término.

En todo caso, el Cliente podrá solicitar al Emisor la restitución de los fondos disponibles en su CPF conforme al presente Contrato. Los fondos que no hubieren sido rescatados por el Cliente a la fecha de terminación del Contrato constituirán acreencias sujetas a caducidad, y se regirán por lo dispuesto en la Cláusula 1.8 precedente.

3. TARJETA DE PAGO CON PROVISIÓN DE FONDOS

3.1. Tarjeta de pago con provisión de fondos

El Emisor emitirá en forma nominativa y pondrá a disposición del Cliente una o más tarjetas de pago con provisión de fondos (en adelante, las “Tarjetas”), según los términos que se detallan más adelante, cuyo uso permitirá al Cliente disponer del dinero que se encuentre depositado en la CPF en conformidad con los términos previstos en el presente Contrato y la normativa vigente.

El uso de las Tarjetas se circunscribe a la adquisición de bienes, el pago de servicios o la extinción de otras obligaciones de pago, en los establecimientos comerciales, de servicios u otras instituciones que se encuentren afiliadas a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago. Estos establecimientos, servicios e instituciones informarán oportunamente su aceptación del medio de pago disponible que se describe en este Contrato.

La Tarjeta podrá emplearse para realizar transferencias electrónicas de fondos, y, el Emisor podrá habilitar adicionalmente, la realización de giros en cajeros automáticos y compras presenciales, o cualquier otra modalidad de uso de la Tarjeta, todo de conformidad a las reglas que se establecen en este Contrato. Las nuevas modalidades de uso serán informadas oportunamente al Cliente.

3.2. Uso de la Tarjeta como medio de pago

El Cliente podrá usar las Tarjetas como medio de pago en todas aquellas entidades afiliadas que acepten las Tarjetas como tal, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El Cliente podrá: (i) adquirir bienes, pagar servicios y efectuar compras en forma no presencial, en sitios web, aplicaciones móviles y otras plataformas de comercio electrónico que acepten las Tarjetas como medio de pago; y (ii) para la realización de pagos no presenciales en general, sin perjuicio de las demás prestaciones complementarias que el Emisor implemente y la CMF autorice. Lo anterior, sin perjuicio de las limitaciones establecidas para cada Tarjeta en la sección 3.5. siguiente.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda local se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF en una cantidad igual al monto a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción respectiva, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato y la normativa vigente al tiempo de efectuarse la transacción, y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

El pago de las transacciones efectuadas en moneda extranjera (distinta a pesos chilenos) se efectuará mediante el débito directo de los fondos depositados en la CPF, en una cantidad equivalente al monto que sea necesario para adquirir la totalidad de la respectiva moneda extranjera a que ascienda el precio o contraprestación por la transacción correspondiente, más cualquier impuesto o comisiones que fueren aplicables conforme al presente Contrato, a la normativa local y extranjera que resulte aplicable a la transacción internacional y al contrato celebrado por el Cliente con dicha entidad extranjera y solo en la medida que la suma disponible en la CPF sea suficiente para cubrir tales costos.

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, el Cliente confiere un mandato gratuito al Emisor, para que debite desde su CPF la suma que fuere necesaria para adquirir la respectiva moneda extranjera, conforme al tipo de cambio que, al tiempo de celebrarse dicha transacción, informe el Emisor en la Plataforma Tenpo, y efectúe el pago al comercio extranjero a quien el Cliente hubiere ejecutado la transacción en moneda extranjera. Se entenderá que el Cliente ha aceptado el referido tipo de cambio por el hecho de utilizar voluntariamente su Tarjeta en el comercio internacional para la adquisición de bienes o el pago de servicios en las entidades afiliadas al respectivo medio de pago. El Cliente autoriza al Emisor para que proceda a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos o indebidamente asentados en sus CPF.

El Emisor dará cuenta al Cliente de la ejecución de este mandato mediante el envío del respectivo Estado de Cuenta, incluyendo el detalle que se indica en la sección correspondiente de este Contrato.

El saldo o disponibilidad efectiva para realizar pagos de una Tarjeta corresponderá al monto neto de los abonos y cargos registrados en la CPF. Si el saldo disponible fuere inferior al monto de la respectiva transacción, ésta no podrá ser realizada y no será cargada a la CPF ni aun en forma parcial.

El Emisor no dará curso a una transacción cuando el saldo disponible en la CPF resulte insuficiente para su realización y deberá velar porque el saldo en la CPF nunca sea negativo.

3.3. Crédito o sobregiros asociados y reverso de transacciones

Este Contrato no comprende en forma alguna el otorgamiento de modalidades de crédito o sobregiros asociados a la Tarjeta o a la CPF, cualquiera sea su forma de emisión. El usuario autoriza e instruye expresamente al Emisor a debitar los abonos o a reversar los movimientos erróneos, o transacciones anuladas, canceladas o indebidamente asentados en sus CPF.

3.4. Estados de Cuenta

El uso de la Tarjeta y de la CPF será informado mensualmente mediante el envío de estados de cuenta (los “Estados de Cuenta”), que serán emitidos el día 5 de cada mes o el día hábil posterior más próximo e informados al Cliente a la dirección de correo electrónico que mantenga registrada en el Emisor.

Los Estados de Cuenta contendrán, a lo menos, el detalle acerca de los giros o abonos realizados, el saldo vigente al inicio del período y el vigente a la fecha de su emisión, costos, cargos, comisiones o impuestos que se hayan pagado desde el día inmediatamente siguiente al periodo incluido en el último Estado de Cuenta.

3.5. Clases de Tarjetas

El Cliente podrá solicitar el otorgamiento de una o más Tarjeta Nivel II o Internacional, la que podrá ser emitida por el Emisor cuando el Cliente, haya completado el Formulario y aceptado el presente Contrato mediante firma electrónica simple, a través de la Plataforma Tenpo, y haya acreditado fehacientemente su identidad al Emisor, en forma remota, a través de aquellos procedimientos de autenticación seguros que el Emisor hubiere habilitado para tales fines en la Plataforma Tenpo, incluyendo métodos de autenticación con proveedores externos sobre la base de información privada del Cliente disponible conforme a la legislación vigente, autenticación biométrica, firma electrónica avanzada, secreto compartido u otros.

La Tarjeta, podrá ser utilizada como medio de pago fuera del territorio de la República de Chile, conforme a lo dispuesto en la Cláusula 3.2 precedente.

Las comisiones aplicables para la Tarjeta se encuentran descritas en el Anexo I del presente Contrato, que se entiende forma parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

El saldo máximo permitido en la CPF para la Tarjeta Nivel II o Internacional, así como los montos máximos de abonos diarios, monto máximo de retiros y otros límites aplicables se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

El Emisor podrá sustituir la marca internacional con que emita la Tarjeta, previa aceptación expresa del Cliente.

La Tarjeta podrá ser virtual o física.

3.5.1. Tarjeta Física

El Cliente podrá solicitar la emisión de una Tarjeta Física, que le permitirá realizar compras presenciales tanto en establecimientos comerciales nacionales como internacionales que se encuentren afiliados a la Tarjeta, en virtud de convenios que importen la aceptación de la Tarjeta como medio de pago, así como en los cajeros automáticos afiliados.

El Cliente podrá solicitar su Tarjeta Física a través de la Plataforma Tenpo, para lo que deberá ingresar los datos que les sean solicitados para su correcta emisión y despacho.

El Cliente deberá pagar una Tarifa por la emisión y despacho de su Tarjeta Física cuyo monto se informará al momento en que éste realice la solicitud a través de la Plataforma Tenpo, el que una vez aceptado por el Cliente será descontado del saldo de su CPF.

La Tarjeta Física será despachada al domicilio indicado por El Cliente, previa validación, dentro del plazo que le será informado al momento de realizar la solicitud. Si el domicilio no puede ser validado, se le informará al Cliente quien podrá señalar uno distinto para su entrega. Si el Cliente no recibe su Tarjeta dentro del plazo indicado deberá informar de esta situación a Tenpo a través de los canales de comunicación habilitados al efecto.

El Emisor se reserva el derecho de no dar curso a una solicitud de emisión de Tarjeta Física si los datos ingresados por el Cliente no pueden ser validados, así como por razones de seguridad.

El Emisor no será responsable si la entrega de la Tarjeta Física no se ha verificado dentro de plazo informado por causas que no le sean imputables.

Una vez recibida la Tarjeta Física, el Cliente deberá activarla a través de la Plataforma Tenpo, sin dicha activación no podrá hacer uso de ella. Una vez realizada la activación de la Tarjeta Física, la Tarjeta Virtual del Cliente será dada de baja, y, por tanto, se mantendrá activa únicamente su Tarjeta Física. Será responsabilidad del Cliente actualizar las suscripciones de servicios que mantenga vigentes y cuyo pago se encuentre asociado a su Tarjeta Virtual.

Los límites aplicables al uso de la Tarjeta Física se muestran en la página web Tenpo, www.tenpo.cl

4. CANALES ELECTRÓNICOS

El Cliente declara conocer que para operar a través de medios remotos los servicios que se prestan en virtud de este Contrato, incluyendo la Plataforma Tenpo, y las comunicaciones y transacciones vía Internet, deberá acceder y/o introducir, conforme a las instrucciones desplegadas en el mismo medio remoto, sus datos personales y datos de autenticación habilitados, tales como su código numérico personal o “pin”, contraseña, clave de acceso o coordenadas, así como cualquiera otra medida de seguridad e identificación que el Emisor pueda habilitar de tiempo en tiempo de acuerdo con las mejores prácticas internacionales. Las Partes reconocen que tales medidas de autenticación constituyen una firma electrónica, en conformidad con la normativa vigente y por ende, producen el mismo efecto que la firma manuscrita y constituyen el mecanismo de aceptación e identificación del Cliente por medios remotos para todos los efectos legales y contractuales a que hubiere lugar.

5. MEDIDAS DE SEGURIDAD

5.1 Deberes y responsabilidades

Es obligación del Cliente mantener sus Tarjetas en lugar seguro bajo su custodia personal y sus claves y medios de autenticación proporcionados por el Emisor en carácter de estrictamente confidenciales y no revelarlas a ninguna persona. El Cliente también se obliga a no generar copias físicas o digitales de sus Tarjetas virtuales ni de los datos contenidos en ellas. Las claves de acceso a los canales remotos habilitados por el Emisor, así como toda otra medida de seguridad o autenticación proporcionada al Cliente bajo el presente Contrato son secretas, personales e intransferibles, por lo que el Cliente se obliga a mantener la debida diligencia, sigilo y cuidado en su utilización, y deberá asumir la responsabilidad por los perjuicios que el mal uso o la utilización errónea de tales claves o medidas puedan ocasionar al mismo Cliente, al Emisor y/o a terceros, salvo cuando el Cliente hubiere informado personal y previamente al Emisor el hecho de su pérdida o sustracción.

Al solicitar la adquisición de bienes y/o requerir servicios de alguno de los establecimientos afiliados, el Cliente y/o sus Adicionales, a requerimiento del establecimiento, y como medida de seguridad, deberán identificarse y entregar su Tarjeta para su examen y confrontación de datos, debiendo cerciorarse el Cliente que ésta le sea devuelta luego de haber realizado el pago.

En caso de extravío, hurto, robo, mal uso, o cualquier otra circunstancia similar, que afecte a su Tarjeta o medios de autenticación, el Cliente se obliga a dar aviso inmediato al Emisor a través de los canales dispuestos al efecto en la Plataforma Tenpo. El Cliente no tendrá responsabilidad por las operaciones realizadas con su Tarjeta con posterioridad al aviso indicado.

5.2 Suspensión temporal

El Emisor podrá suspender o bloquear temporalmente los productos o servicios contratados en forma total o parcial, en caso de detectarse operaciones o intento de operaciones que pudieran revestir el carácter de fraudulentas, por uso indebido, caso fortuito u otras circunstancias graves que por su particularidad hagan presumir que pueda estar en riesgo los intereses del Cliente y/o el Emisor.

El Cliente también podrá bloquear temporalmente su Tarjeta, iniciando sesión en la Plataforma Tenpo, autenticándose y eligiendo la opción correspondiente. En tal caso, la Tarjeta quedará bloqueada temporalmente para compras y habilitada para consultas, retiros y cargas, hasta que el Cliente realice el desbloqueo de esta, siguiendo el mismo procedimiento.

6. COMISIONES, GASTOS E IMPUESTOS

6.1. Comisiones

El Cliente pagará al Emisor las comisiones que se describen en el Anexo I al presente Contrato, el cual se entiende formar parte integrante del presente instrumento para todos los efectos legales.

6.2. Gastos e Impuestos

Todo gasto o impuesto que grave o pueda devengar el otorgamiento del presente instrumento, así como de todas y cada una de las operaciones que se deriven exclusivamente de él, como asimismo los eventuales gastos y costas de cobranza, serán de cuenta y cargo del Cliente.

El Cliente instruye, mandata y autoriza expresamente al Emisor a debitar desde su CPF toda suma que fuere necesaria para cubrir el pago de comisiones, gastos e impuestos que fueren procedentes. Se deja constancia de que, a esta fecha, no existen impuestos ni gastos que sean de cargo del Cliente. Sin embargo, de existir o de ser establecidos por ley en el futuro, los gastos y/o impuestos que deriven del otorgamiento de este Contrato o de las operaciones que en él se describen serán informados oportunamente antes de la finalización de cada operación.

7. DISOLUCIÓN DEL CONTRATO

7.1. Terminación del Contrato por parte del Cliente

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Cliente podrá poner término al Contrato sin expresión de causa, informando su decisión de terminar el contrato mediante correo electrónico enviado desde la dirección que mantenga registrada en el Emisor, a la dirección que se informe por el Emisor en su sitio web, o a través de los canales habilitados para ello en la Plataforma Tenpo. A partir de la fecha en que se efectúe dicha comunicación, el Emisor tendrá un plazo máximo de 10 días hábiles para proceder al cierre de la CPF y la restitución de los fondos al Cliente, deducidas las comisiones que procedieren y cualquier otro saldo adeudado al Emisor.

7.2. Terminación del Contrato por parte del Emisor

Sin perjuicio de lo dispuesto en la Cláusula 2 precedente, el Emisor podrá poner término de inmediato al Contrato por alguna de las siguientes causales:

a) Si el Cliente no diere cumplimiento íntegro y oportuno a todas y cada una de sus obligaciones para con el Emisor;

b) si se detecta por el Emisor una actuación fraudulenta o ilícita del Cliente relacionada con la ejecución del Contrato, o se hace mal uso o uso fraudulento de cualquier Tarjeta, producto, aplicación, plataforma, canal o medio tecnológico habilitado por el Emisor sin perjuicio de las demás acciones legales que sean pertinentes;

c) si el Cliente no declare oportuna y debidamente el origen de los fondos depositados en la CPF, hubiere incurrido en omisiones o falsedades en las informaciones proporcionadas al solicitar cualquier producto o servicio, si de cualquier otra forma no cumple con las solicitudes que, razonablemente, el Emisor le efectúe a fin de dar cumplimiento a la normativa sobre prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, y en general, si se encuentra incorporado en cualquier lista o nómina de personas con las cuales el Emisor se encuentre impedido de operar;

d) si el Cliente solicita su liquidación voluntaria, o uno o más de sus acreedores solicitan su liquidación forzosa, y en general en todos aquellos casos en los que el Cliente se encuentre sometido a un Procedimiento Concursal, de aquellos regulados en la ley 20.720;

e) si el Cliente inicia y/o mantiene litigios en contra del Emisor, o si el Emisor inicia y/o mantiene un litigio en contra del Cliente;

f) si el Cliente hubiere sido formalizado o condenado por un crimen o simple delito;

g) si el Cliente revocare cualquier mandato que haya conferido al Emisor en virtud de este Contrato;

h) si el Cliente falleciere o fuere declarado interdicto;

i) si el Cliente no utiliza su Tarjeta durante un plazo superior a 1 año o no actualiza la Plataforma Tenpo en el mismo plazo una vez comunicada dicha actualización por parte del Emisor;

j) si el Cliente incurre en conductas, omisiones o actos verbales o físicos que sean constitutivos de agravio, ofensa, malos tratos, insultos, violencia o en cualquier otra forma produzcan una afectación a la integridad física o psíquica a cualquier persona que dependa o preste servicios al Emisor;

k) en los demás casos en que la ley u otra normativa aplicable así lo establezcan.

Si el Emisor decidiera poner término al Contrato por alguna de las causales antes individualizadas, deberá informar al Cliente de dicha decisión por escrito, mediante comunicación enviada al correo electrónico que el Cliente mantenga registrado.

Sin perjuicio de lo anterior, el Emisor podrá proceder a la suspensión inmediata de uno o más de los servicios o funcionalidades asociadas a la Tarjeta cuando concurra alguna de las causales descritas en la presente cláusula, con la finalidad de precaver un perjuicio al Emisor, al Cliente, sus herederos y sucesores, o a terceros, o evitar un uso ilícito o fraudulento de los productos.

8. DISPOSICIONES VARIAS

8.1 Comunicaciones

Las notificaciones y cualquiera otra comunicación que conforme al presente Contrato deban ser dirigidas entre las Partes, para todos los efectos legales, serán enviadas al correo electrónico registrado en el Emisor por el Cliente, informado por el Emisor en su sitio web, o a través de comunicación enviada a través de la Plataforma Tenpo, salvo en cuanto se indique lo contrario en el presente instrumento.

8.2 Datos Personales

El Emisor llevará a cabo el tratamiento de Datos Personales con sujeción a lo establecido en la Ley N° 19.628 sobre protección de la vida privada, o cualquiera que en el futuro la reemplace o sea aplicable.

El Cliente autoriza al Emisor a acceder, recolectar, almacenar, procesar y, en general, a hacer tratamiento, por sí o a través de terceros, de los datos personales que el Emisor requiere para la prestación de los servicios bajo el Contrato, dentro de los cuales se incluyen, entre otros, los siguientes: (los “Datos Personales”):

a) Antecedentes de individualización, tales como: nombre, RUT, edad, sexo, domicilio, correo electrónico, teléfono y actividad profesional;

b) número de CPF, número y tipo de Tarjeta, estados de cuenta, código del país, dirección postal y de facturación, historial y comportamiento de gastos, cuenta interna y aplicaciones instaladas;

c) datos personales a los que el Emisor tenga acceso como consecuencia de consultas, transacciones, operaciones, solicitudes o contrataciones de productos y/o servicios que realice el Cliente; e

d) información relativa a los servicios contratados con el Emisor.

Los Datos Personales serán tratados con el propósito de permitir al Emisor: (i) cumplir con las obligaciones que le impone el Contrato, (ii) ofrecer productos y servicios distintos de aquellos objetos del Contrato; (iii) desarrollar, materializar e implementar acciones comerciales, tales como acuerdos comerciales o alianzas con terceros, relacionadas a los productos y servicios del Emisor; (iv) perfeccionar, materializar y/o implementar productos y servicios que el Emisor ponga a disposición del Cliente por cualquier medio; (v) agregar nuevos atributos o beneficios o implementar modalidades o características que mejoren la calidad y/u oportunidad de prestación de servicios y/o productos puestos a disposición del Cliente por parte del Emisor, o personas relacionadas al Emisor; e (vi) identificar potencial actividad fraudulenta o ilícita.

El Cliente autoriza al Emisor a comunicar, ya sea dentro de Chile o al extranjero, sus Datos Personales a sus proveedores, filiales, sociedades relacionadas de servicios y a los terceros con quienes suscriba acuerdos comerciales o alianzas relacionados a sus productos y servicios (los “Terceros”). Para su información, dentro de los Terceros se encuentran los Operadores de Tarjetas autorizados como tales conforme a la normativa local aplicable, y los Titulares de las Marcas de Tarjetas estampadas o referidas en las Tarjetas.

Los Datos Personales se conservarán mientras se mantenga la relación comercial o durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales. Lo anterior sin perjuicio del derecho del Cliente para requerir la cancelación y eliminación de sus Datos Personales en cualquier momento; solicitud que resultará en la terminación del o los servicio(s) prestado(s) a través de la Plataforma Tenpo, pues sin la autorización de tratamiento de Datos Personales, dichos servicios no pueden ser prestados correctamente.

El Cliente, en su condición de titular de sus Datos Personales, podrá en todo momento ejercer los derechos otorgados por la Ley N° 19.628 y sus modificaciones posteriores, los que tendrán el carácter de gratuitos.

Para ejercer sus derechos el Cliente podrá enviar una solicitud escrita dirigida a la casilla [email protected] o a través del teléfono 600 500 1900.

8.3 Anticorrupción

Es política del Emisor relacionarse con Clientes que cumplan con la normativa aplicable en temas de anticorrupción. Por tal razón, Tenpo Prepago S.A. exige que sus Clientes observen, además de las leyes, los más altos niveles éticos, durante la relación comercial. Por lo tanto: (a) El Cliente está obligado a no participar en actos de corrupción y/o soborno, en el ámbito público o privado de sus propios negocios o relaciones, que puedan involucrar o impactar tanto económica, legal o reputacionalmente al Emisor; (b) El cliente está obligado a no otorgar beneficios personales de cualquier índole a colaboradores ni directivos del Emisor, ni a los familiares o relacionados de estos, para generar un beneficio comercial a favor del Cliente; (c) El Cliente acepta que en caso se tengan indicios razonables de que ha incurrido en una conducta impropia o que haya incumplido estas cláusulas, se podrá poner término al Contrato.

8.4 Mandatos otorgados por el Cliente al Emisor

Los mandatos que se otorgan en este instrumento podrán ser revocados por el Cliente en cualquier momento, sin más formalidades que aquellas que haya debido cumplir para otorgar el acto jurídico que está revocando. En todo caso, la revocación sólo surtirá efecto a contar del período subsiguiente de pago o abono que corresponda en la obligación respectiva.

Además, los mandatos otorgados en este instrumento se entenderán revocados por haberse producido el término del presente Contrato, conforme a la sección 7 precedente.

Será suficiente rendición de cuentas de cualquiera de los mandatos que se confieren al Emisor la entrega al Cliente de los comprobantes, cartolas, estados de cuenta u otros documentos que se generen con ocasión o cumplimientos de los mandatos conferidos.

8.5 Información para fines tributarios

En cumplimiento a las normas y acuerdos contenidos y derivados de la Convención Sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Tributaria, publicado en el Diario Oficial del día 07 de noviembre de 2016, el usuario autoriza Emisor para entregar al Servicio de Impuestos Internos, información relativa a su CPF y a la revisión e identificación de cuentas financieras en general, relacionadas con personas con residencia tributaria en jurisdicciones extranjeras.

8.6 Servicio de atención de reclamos

El Emisor cuenta con un servicio de atención al Cliente que atiende consultas y reclamos de los mismos. Al final del presente Contrato, en un Anexo, se contemplan los requisitos y procedimientos para acceder a dicho servicio.

8.7 Sello SERNAC

El presente Contrato no cuenta con Sello SERNAC.

8.8 Domicilio y legislación aplicable

Para todos los efectos legales que deriven del presente Contrato, el Cliente constituye domicilio especial en la comuna de Santiago y cualquier dificultad o controversia que se produzca será sometida al conocimiento y fallo de los Tribunales Ordinarios de Justicia de la comuna y ciudad de Santiago de Chile. Sin perjuicio de lo anterior, el Cliente podrá, en cualquier caso, ejercer las acciones que correspondan conforme a las disposiciones de la Ley N°19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores. Este Contrato se rige por la ley chilena.

8.9 Modificaciones a los presentes términos y condiciones

Cada vez que Tenpo modifique los presentes términos y condiciones, el Cliente será notificado a través de un correo electrónico o un pedido de actualización a través de la Plataforma Tenpo. Una vez que el Cliente acepte los nuevos términos y condiciones, Tenpo le enviará un correo electrónico comunicando este evento. Si el Cliente no aceptase o no manifestase de forma alguna su voluntad sobre la aceptación de los nuevos términos y condiciones durante el Plazo de Término informado, este no podrá continuar haciendo uso de la plataforma Tenpo y su cuenta podrá ser cerrada en conformidad a lo señalado en el numeral 2.

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en los Registros de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl

ANEXO 1

LÍMITES Y COMISIONES

Servicio Costos o Recargos Periodicidad
Compras internacionales denominadas en pesos chilenos 0% Por cada transacción
Compras internacionales denominadas en divisas distintas a pesos chilenos 0% Por cada transacción
Abonos de efectivo en comercios asociados $0 Por cada carga
Retiro de efectivo en comercios asociados $200 Por cada retiro
Emisión y despacho Tarjeta Física $6.000 Por cada solicitud
Despacho express $2.000 Por cada solicitud

ANEXO 2

INFORMATIVO AL CLIENTE
SERVICIO ATENCIÓN DE RECLAMOS

En caso de consultas, sugerencia y/o reclamos, los Clientes del Emisor cuentan con los siguientes canales de contacto:

  • Central telefónica al 600 500 1900. Disponible 24 horas, todos los días del año.

    Por medio de nuestra central telefónica, se le dará una solución en línea a su problema y/o reclamo o, en su defecto se generará un requerimiento interno, del cual se le entregará un número de solicitud.

  • Aplicación móvil, en la sección “ayuda” es posible generar consultas autoatendidas por el cliente de índole informativo. Adicionalmente, en la misma sección “ayuda” se podrá reportar problemas y/o reclamos. Para las solicitudes enviadas por este canal, el Cliente recibirá un e-mail de confirmación al momento de su ingreso y dentro del horario hábil, será contactado para entregarle una solución en línea, o en su defecto se escalará como un requerimiento interno.

A través de este servicio, el Cliente podrá formular reclamos, realizar consultas relacionadas con sus productos, denunciar transacciones y actividades no reconocidas, dar solución a emergencias, y/o solicitar el cierre de productos, entre otros.

Los procedimientos de reclamaciones que se formulen por estos medios no excluyen el ejercicio de los derechos de los Clientes, ni el ejercicio de sus acciones legales ante los organismos, instituciones y/o tribunales respectivos.

DE TU SEGURIDAD NOS OCUPAMOS NOSOTROS

En Chile existe la ley N°20.009, la cual protege a los titulares o usuarios ante casos de uso fraudulento de sus tarjetas. Esta ley ha sufrido modificaciones, la última entró en vigencia el 29 de mayo de 2020, con el fin de actualizarse al nuevo ecosistema y dar mayor tranquilidad a los usuarios que sufran extravío, hurto, robo o fraude. Aquí te contamos los principales cambios:

  • Esta ley ahora se amplía a todos los medios de pago, incluidas las tarjetas de pago con provisión de fondos, como tu tarjeta Tenpo Mastercard.
  • Asimismo, se aplicará a los fraudes en transacciones electrónicas que originen cargos y abonos o giros de dinero en tu cuenta de provisión de fondos.
  • Se limita la responsabilidad de los usuarios por operaciones realizadas con tarjetas extraviadas, hurtadas o robadas, dando aviso oportuno al emisor. Es decir, el emisor es completamente responsable de cualquier vulneración en sus sistemas del medio de pago. NO NECESITAS SEGUROS CONTRA FRAUDES.
  • El emisor también es responsable de probar que dicha operación no fue autorizada por el usuario y se encuentra registrada a su nombre.
  • El emisor tiene 5 días hábiles desde el aviso para restituir fondos inferiores a 35 UF. Para casos sobre este monto, se deben restituir 35 UF en el plazo dicho anteriormente y cuenta con 7 días adicionales para restituir los fondos faltantes.

¿Qué hago ante algún evento considerado en la ley 20.009?

Avísanos de inmediato a través de alguno de nuestros canales dispuestos para ayudarte: llamando al 600 500 1900 o a través del chat del centro de ayuda disponible en tu app Tenpo. Estamos todos los días, las 24 horas para atenderte.


¿Cuánto plazo tengo para avisar de algún evento considerado en la ley 20.009?

Tienes un plazo de 30 días posteriores al aviso para reclamar aquellas operaciones respecto de las cuales desconoces haber otorgado autorización o consentimiento. Además ese reclamo podrá incluir operaciones realizadas en los 120 días corridos anteriores a la fecha del aviso.

En Tenpo estamos 100% comprometidos con la seguridad de tus datos y tus transacciones.


Bloqueo de Tarjetas Inactivas

Te informamos que en conformidad a las nuevas disposiciones, Tenpo tiene la obligación de bloquear aquellas Tarjetas no utilizadas (inactivas) por más de 12 meses consecutivos. Si esto ocurre te informaremos oportunamente del bloqueo.


Tenpo te recomienda

Porque tu seguridad para Tenpo es prioridad, te damos las siguientes recomendaciones para un mejor resguardo de las claves e información asociada a las Tarjetas de Pago con Provisión de Fondos y Cuentas.

  • Descarga tu app Tenpo sólo desde la tienda correspondiente a tu sistema operativo: Google Play, App Store, o AppGallery.
  • Actualiza constantemente la app Tenpo, ya que estamos mejorando continuamente la seguridad y la estabilidad de la app.
  • Nunca te enviaremos e-mails, SMS o llamaremos solicitando tus datos, ni contraseñas.
  • De igual forma recomendamos cambiar tu clave cada 4 meses, evitando utilizar datos obvios como fechas de nacimiento, números repetidos, número consecutivos. Jamás la compartas y cuida donde la anotes.
  • Ten cuidado con las estafas telefónicas. Nunca entregues tu clave, datos personales, datos de familiares y número de cuenta o de tu tarjeta Tenpo Mastercard.
  • Evita sacarle un pantallazo a tu tarjeta Tenpo Mastercard y menos enviarla a través de mensajes instantáneos. Revisa siempre los datos de tu tarjeta desde la app, la cual está resguardada con tu clave.
  • Para las compras, verifica que te encuentras en un sitio seguro; la dirección debe comenzar con https:// y tener el ícono de candado.
  • Al conectarte a internet, procura hacerlo desde dispositivos propios y a una red confiable y segura. Si estás conectado a una red wi-fi pública y abierta, evita ingresar datos sensibles.

Infórmese sobre las entidades autorizadas para emitir Tarjetas de Pago en el país, quienes se encuentran inscritas en el Registro de Emisores de Tarjetas que lleva la CMF, en www.cmfchile.cl